Revindicar la propiedad de un inmueble se hace a través de un Ordinario; si además pretendes conseguir que los ocupantes (con o sin título) sean lanzados, deberás utilizar el Verbal (desahucio); no obstante si en ambos supuestos los demandados son los mismos, puedes utilizar sólo el Ordinario para las dos acciones.
Acción de reivindicación de propiedad y liberación de inmueble
tengo que hacer un juicio para la revendica de la propriedad di un inmueble urbanos, para una mi cliente, y una accion de liberacion de lo mismo porque es ocupado sin titulo da otros.
Considerado que no se vierte en la materia de arrendamiento (porque esta la ocupacion sin titulo) y el inmueble es urbano (no comercial) creo que debo plantear una demanda en el juicio ordenario, no esta un juicio espacial en este caso mas rapido que os sabites?