A acuerda verbalmente con B que:
- B venderá la furgoneta de A.
- A recibiría 20.000 euros por su venta. Las comisiones se las quedaria B.
- A entrego a B toda la documentacion de la furgoneta.
Problema: B le dice a A que prepare factura para C (que es la persona que lo va a adquirir).
A prepara factura a C.
A no ve ni un duro.
La furgoneta aparece a nombre de C.
A no firmó ninguna transferencia. (probablemente falsificaron la firma de A).
Pregunta:
¿Puedo ir por la vía civil? ¿Acción de reclamacion de cantidad? La factura tiene fecha de septiembre de 2006. ¿Ha prescrito la acción?
¿Por la via penal? ¿estafa? Yo lo veo dificil probar todos los elementos del tipo.
B es totalmente insolvente.
Así que descartaría ir por la via penal, porque la querella o la denuncia no se puede interponer contra persona jurídica, ¿no?
Y lo que quiere A es cobrar dinero.
B era administrador unico de una sociedad X, sociedad ésta última para la que se iba a exponer la furgoneta (en sus locales se expuso).
¿
¿¿Podría ir contra la sociedad???
Creo que B estaría dispuesto a firmar un papel en que admite que gestiono con B (en nombre de la sociedad X) la exposicion de la furgoneta para despues venderla.
Entonces en ese caso, podría ir contra la sociedad, ¿¿¿no???...
Pero por la via penal creo q no.
Por la via civil??? Nulidad por falta de consentimiento o inexistencia de contrato?????
Aiiiiii, que dificil es esto!!!
Que alguien me de una respuesta porfi!