me surge una duda a la hora de preparar una demanda de acción de división de la cosa común, porque quiero llevarla hacia el enriquecimiento injusto.
El supuesto de es una pareja de hecho que compran una vivienda en mitades pro indiviso y ahora se separan. El hombre ha carecido de todo tipo de ingresos durante la relación, de tal forma que todas las cuotas las ha pagado la mujer (justificado documentalmente) y además, ella compró un coche para usarlo los dos, pero lo puso a nombre de él y quiere recuperarlo.
Mi idea es redactar una demanda de enriquesimiento sin causa y subsidiariamente una acción de división de la cosa común.