Pues rara vez, pero pasa, el denunciado en un proceso penal ha fallecido y ahora vienen las dudas. si ambos eran denunciantes-denunciados, para el fallecido la responsabilidad penal se extingue pero la civil al parecer se pude continuar sobre sus herederos... y viceversa, los herederos pueden continnuar como parte demandante. El galimatias, si los herederos aceptan continuar la demanda, estan aceptando implicitimante responder ante la responsabilidad civil en caso de que la haya, no van a poner la mano solo para recibir supongo???
Ahora la causa con la parte "superviviente", pero como cambia la situacion? Menudo jaleo...