gracias por vuestros comentarios.
El accidente se produjo asi: nosotros estabamos parados por unas retenciones de tráfico y el que vino por detras parece ser que no nos vió y nos dio de lleno. La abogada puso la denuncia por mi, me envió la denuncia, yo la firmé y ella la tramitó. Mi intención no es fastidiar al que nos dió y tampoco creo que sea agradable llevarlo a juicio pero tampoco es agradable que haya pasado medio año con muchas molestias y rehabilitacion y aun me queden por delante no se cuantos meses mas por la dicho hernia discal cervical.
Sigo necesitando algunos comentarios vuestro mas porque cuanto mas me digais mas informada estaré. no se que cantidad me corresponderá pero preferiria tener mi cuello intacto de antes y no tener que estar pendiente de una cantidad que en su momento me alegrará pero no me quitará las molestias, mareos, dolores.... en fin, gracias por vuestros comentarios.
Hola preocupada. Como dije ya dije en otro post, si tu intención es únicamente cobrar una indemnización por los daños corporales sufridos, comentalé a tu abogada que no vaya por la vía penal, sino por la civil. Además, teniendo en cuenta cómo sucedieron los hechos, el cobro de la indemnización que te corresponda por los daños corporales y lasa secuelas que se deriven de los mismos la tienes prácticamente asegurada, pues en muy rara ocasión las compañías de seguros van a juicio y, más aún, cuando hay pruebas contundentes(atestado policial, testigos, parte amistoso admitiendo la culpa...) de que su asegurado tuvo la culpa.
En cuanto a la valoración de tus daños corporales, tendrás que esperar a recibir el alta médica definitiva para que tu abogada pueda valorarlas conforme al baremo establecido.
¿tengo q esperar a recibir el alta médica? pero si es una hernia discal y eso puede ser años o toda una vida!!! ¿cómo puede ser eso? no busco el dinero pero los 3 primeros meses de baja cobré una miseria y aun hoy arrastro las consecuncias de aquello teniendo una economia muy ajustada y a base de calculadora....
Hola. Lamento no haberme explicado con la claridad debida. Vayamos por partes.
1) La indemnización que a usted le corresponde agrupa los siguientes elementos:
A) Días de baja. Estos se dividen en:
a) Durante la estancia hospitalaria( si la hubiera). 58,19 euros por día
b)Sin estancia hospitalaria:
1 Impeditivo( usted no ha podido ir a trabajar). 47,28 euros por día
2 No impeditivo.(Usted pueder ir a trabajar pero aún acude a rehabilitación o sigue tratamiento médico). 25,46 euros por día.
2) Lesiones y secuelas que usted presenta. Para cada parte del cuerpo´(ojos, manos, pies, espalda...) hay unas tablas en las que se describen unas lesiones y a estas lesiones les correspnde una puntuación(1,3 5... puntos).El valor de cada punto se incrementa.Vg 1 punto=639,23 euros, 2 puntos=657,45 euros.. y así sucesivamente.
Con las secuelas pasa lo mismo:deben venir tipificadas como tales en las tablas y se les asigna una puntuación. En su caso, en función de que la hernia sea temporal o permanente se le asignará una u otra puntuación.
Luego se suman todos los puntos(Vg suman 10. Imaginemos que 10 puntos=749,32 euros. En este caso 749,32 multiplicado por 10= 7493,2 euros)
A esta cantidad, se le sumaria la que resultase de calcular la de los Días de Baja( Imaginemos qu eran 10.000 euros) Así tendríamos una cantidad de 17.493,2 euros. Pues bien, esta cantidad debe ser incrementada en un 10% ya que usted está en edad laboral y trabajando. Así el total de la indemnización ascendería a unos 19.000 euros.
3) Además usted tendría derecho a que se le reintegraran gastos tales como la compra del collarin, los medicamentos del tratamiento médico ...
Finalmente, para poder hacer los cálculos anteriormente expuestos usted debe recibir el Alta Médica Definitiva( Que le digan que no tiene que acudir a rehabilitación y determinación por el médico forense de si la hernia puede ser temporal o permanente).
La explicación de Jan ha sido excelente; tan sólo quisiera apostillar algo en aras a aclararle más los pasos a seguir. Para poder valorar las secuelas, tendremos que saber qué secuelas hay, y para esto es necesario esperar al alta médica (que no es la misma que la laboral). Hasta tanto en cuanto no exista este alta, no se podrá negociar ningún tipo de indemnización. La valoración de las secuelas va por puntos, y la valoración de los puntos va en función de la edad del lesionado, una persona de menor edad cobrará más que una de mayor edad. Esto, en cuanto al plano jurídico-legal.
En el plano médico: llega un momento en que las lesiones sufridas se estabilizan, es decir, después de seguir un tratamiento y/o una rehabilitación, se ha llegado ya a una mejoría, que puede ser total o parcial. Cuando la mejoría es parcial, y ya no se "puede mejorar más", se habla de "estabilización de las secuelas", y es entonces cuando se da el alta con secuelas que serán las que se indemnicen ya que no se puede mejorar más. Por eso es importante obtener siempre un alta con secuelas.
De todos modos si su caso lo está llevando ya una abogada (sobre todo si es privada), tenga la certeza de que ella conoce perfectamente el iter a seguir. No tenga miedo y pídale que le explique perfectamente todo el tema, que nadie mejor que ella podrá darle todas las explicaciones que sean necesarias, pues ella conoce todas las circunstancias concretas de su caso y nosotros no, por lo que sólo podemos ofrecerle consejos o explicarle el procedimiento pero sólo en líneas generales.
Le deseo muy feliz año. Es un placer aclarar sus dudas.
Una matización para Jan. La cantidad a percibir en concepto de secuelas no sale de la simple operación aritmética de multiplicar los puntos por el valor que tiene asignado cada uno de ellos, sino que hay que aplicar una fórmula, creo recordar que se llamaba de Baltasar y que tampoco recuerdo. Salvo que se haya modificado el sistema y no me haya enterado que todo es posible.
Estimado DP. He llevado 4 casos de reclamación de daños corporales y en ninguno de ellos alguien me ha dicho que la cantidad indemnizatoria no estuviera calculada conforme a las reglas existentes.
Lo que matizabas a Jan merece una explicación ya que el matiz no es del todo correcto: la fórmula de Balthazar se utiliza SÓLO para el caso de secuelas concurrentes. Si sólo existe una secuela, entonces el líquido a percibir en concepto de secuelas se calcula en base a la simple operación aritmética de multiplicar los puntos por el valor que se le asigne a cada uno de ellos en función de la edad del lesionado. Es importante la edad a la hora de traducir los puntos en euros.
La matización no la efectúa Dp, es de JMP, que soy yo.
Ana Ramírez:
La explicación que efectué va dirigida, en principio, a profesionales. La matización sobre mi matización, en consecuencia, huelga por innecesaria, salvo que no se sepa de que hablamos.
Hola Ana. Gracias por aclarar la cuestión y por completar de forma excelente la información, que por falta de tiempo, expuse en mi post de fecha 30/12/2005.
gracias a todos y todas. A fecha de hoy sabeis más vosotros de mi accidente y mi situación médica, que mi propia abogada. Mejor dicho, que la abogada que la compañia de seguros me asignó y con la que hasta la fecha he hablado en 3 ocasiones, dos de las cuales pq yo la llamé. En fin, sus motivos tendrá o falta de tiempo o lo que sea.
POr otra parte el forense no ha estado por la labor de darme muchas explicaciones: me senté, me pidió las fotocopias únicamente de los informes médicos, me hizo unas preguntas y poco más. ni me exploró ni le interesó mi perjuicio economico "eso digaselo al juez señorita". Total que le pregunté qué habia reflejado y me dijo "eso ya se lo dirá el juez si lo cree conveniente". Le dije que andaba perdida en el proceso y mi pregunta era reflejo de mi inexperiencia en este proceso y me dijo "yo tampoco se mucho al respecto pq nosotros nos hemos criado muy lejos de los juzgados". Total q lo poco que pude ver mientras él escribia fueron 2 miserables puntos..... salí de alli fatal.....
Los médicos forenses no dan explicaciones de nada, tampoco "curan"; me refiero a que no le van a recetar nada que le alivie; se dedican sólo y exclusivamente a valorar el daño, a la vista de la documentación médica que se le presente y, si acaso y si lo estiman necesario, a alguna prueba que no necesite de aparatos sofisticados puesto que la realizan en la propia consulta. En cuanto a lo de la puntuación, es bastante normal que los forenses puntúen a la baja, según nuestros deseos, por lo que yo acudo a ellos sólo cuando ya es estrictamente necesario. "Cada maestrillo tiene su librillo...". Si el forense ya le ha dado el alta, su abogada tendrá acceso a ella y podrá ver qué quedó reflejado.
Estimado compañero JMP:
Me sorprende tu respuesta, pues en tu post de fecha 02/01/2006, admites que no recuerdas algún punto ("CREO recordar", "que TAMPOCO RECUERDO", "Salvo que se haya modificado el sistema y NO ME HAYA ENTERADO que todo es posible") , en consecuencia, como profesional que soy que se dedica a esto por lo que sé perfectamente de qué hablo, y sobre todo como compañera, he venido a refrescarte los conceptos, por si en un futuro te fuera de utilidad esta información. Lo que sí huelga es recordar que si la información dada como respuesta a una consulta es incompleta o errónea, es deber del compañero que conozca bien el asunto completarla o aclararla, sobre todo para que quien consulta no se lleve a engaños, y como no, por si algún profesional puede además aprender cosas nuevas u olvidadas, pues no tenemos ordenadores personales por cerebros.
Yo no tengo que ver nada con JMP. Hasta la fecha, yo he usado este nick y el compañero JMP el suyo. No hago como otros, y el compañero JMP me demuestra que tampoco. Por lo menos hasta hoy. Mañana Dios dirá.
Estimada Ana Ramirez, si tuvieras la posibilidad de escucharme, en lugar de leerme, estoy convencido de que tu última intervención hubiera sido de signo distinto. Parece ser que la ironía no debe ser mi fuerte.
Al fin y al cabo ( te agradezco tu ofrecimiento) lo que pretendía erá matizar la opinión de Jan respecto a la forma de calcular la indemnización.
Yo también me dedico a esto. Y se de lo que hablo.
No me gusta entrar en estas discusiones sobre nada jurídico porque pienso que es manera de perder el tiempo y llenar espacios que se pueden aprovechar para efectuar y resolver verdaderas cuestiones jurídicas y legales (no en vano éste es un foro legal). Por lo que ésta será mi última intervención en este tema a no ser que surja alguna otra cuestión que verdaderamente merezca la pena por su carácter de legal. Pero no me puedo callar, a estas alturas, porque creo que nos deberíamos abstener de contestar cuando seamos o no irónicos en nuestras respuestas (cuando parece que desconocemos el tema, "que escuchamos campanas pero no sabemos dónde..."), pues lo único que conseguimos con ello es llevar a confusión tanto a la persona que efectúa la consulta como a otras personas que puedan leer los posts. Por esta razón, y precisamente para evitar confusiones, maticé tu respuesta a la excelente explicación de Jan (que por cierto no es "opinión de Jan" como dices, sino los conceptos indemnizables y su cálculo muy a grosso modo, e incluso incompleta explicación, si quieres, en el sentido de cálculo de indemnización por secuelas cuando son concurrentes; tampoco hay que hacer un estudio doctrinal de la cuestión y no parece que haya secuelas concurrentes en este caso, sólo la hernia discal, por lo que Jan explicó el cálculo cuando hay una sola secuela que indemnizar). Si te permites matizar lo que dicen los demás, no te debes ofender ni poner a la defensa cuando alguien completa tus intervenciones; lo hice sin ninguna intención de desacreditar, sólo maticé lo que estimaba incorrecto o incompleto, y te lo digo sin ninguna acritud.
Después de esto, lo dicho, no intervendré más aunque me cueste no hacerlo, pues ya es rizar el rizo y llegaríamos a un callejón sin salida: tu palabra contra la mía. No me importa, pero considero que no es el lugar oportuno.
Mira Ana Ramírez, si no pretendes entrar en discusión, jurídica o no, es bien sencillo, NO LO HAGAS.
Como el pensamiento es libre, piensa lo que quieras, pierdas el tiempo o no lo pierdas.
No se porque insinuas que pueda desconocer el asunto. Tu si que desconoces mis conocimientos sobre la materia que, poruqe no decirlo, no serán inferiores a los tuyos. Y sobre eso podría poner la mano en el fuego. Quizás tampoco sean superiores.
Aquí nadie ha creado confusión, lo que no se es si alguien se confunde, que es cosa distinta.
Dices que matizas mi opinión, perfecto. Yo reitero que era inutil, supuesto de conocer la materia. Que piensas que no, allá tu. Y ahora dime ¿en que estaba yo equivocado? dime en que. Te recomiendo que releas mis intervenciones y..., por cierto, si me permites la corrección el latinajo no es "a grosso modo", sino "grosso modo".
Por último, envidio tus dotes adivinatorias cuando manifiestas que solamente existiría como secuela una hernía discal, de verdad que lo envidio. En cualquier caso mi apreciación se dirije a una generalidad. Resulta obvio que ante una sola secuela no hay formula que aplicar. Supongo que eso, por lo menos eso, si serás capaz de captarlo sin necesidad de ironías.
me parece que se os escapa la discusion de las manos en cuanto a que las personas como yo entramos por una duda que realmente nos preocupa. Yo agradezco las respuestas que en principio me despejaron algunas incognitas ya que no he estudiado nada de derecho y vosotros si. Pero cuando empezais entre vosotros "colegas de profesión" a contradeciros, contestaros de forma irónica e incluso "malhablaros", perdeis las formas y por lo tanto la credibilidad. No sé pensad un poco que aqui se entra a intentar aclarar las cosas y no a ver cómo dos o más profesionales se intercambian desafios o se cuestionan la profesionalidad del otro.
Yo se que la intencion de los tres (o los que hayais contestado, porque ya no se si alguien se hizo pasar o no por otro...) era muy buena y pretendiais ayudarme o resolver mis dudas pero observaos en frio, analizad lo sucedido y vereis que en nada os benefician estas situaciones. Vosotros intentasteis ayudarme y mi moneda de cambio es este analisis para que reflexioneis y no volvais a cometer estos "errores" que no os benefician. No se trata de dejar ver quien sabe más o quien es mejor sino de dar una respuesta veraz.
Un saludo a todos y gracias de nuevo.
A ver,preocupada.Tiene mucha razón Ana cuando dice q esa fórmula sobre la q se discute solo se usa para cuando hay más de 1 secuela. Usted parece q sólo tiene 1: la hernia, no? ¿Qué dice su alta? ¿Es q tiene más?
Si sólo tiene una, la forma de calcular su indemnziación es la q dice Jan, pero completado con lo que dijo Ana de q el valor asignado a cada puntuación depende de la edad del lesionado y la fecha del accidente.