Varios supuestos:
Si puede seguir trabajando, usted trabaja y cobra el sueldo normal. Los seguros se apañarán si tiene que cobrar alguna indemnización por daños, en caso de que usted tenga el seguro a todo riesgo o la culpa haya sido del otro.
Si no puede trabajar y el médico le da la baja:
_ accidente laboral.
Cobrará el 75% del sueldo (de la base reguladora) si el convenio no lo mejora. Le pagará la mutua por medio de la empresa.
_ accidente no laboral.
Del cuarto día al 15 se cobra el 60% de la BR y lo paga la empresa. Los 3 primeros días no se cobra nada. Del día 16 al 20 sigue cobrando el 60% pero lo paga la mutua o la seguridad social por medio de la empresa. A partir del día 21 se cobra el 75% de la base reguladora. Todo esto si el convenio no complementa, que hay algunos que mejoran las condiciones. Tendrá que mirar el suyo a ver si dice algo al respecto.
Si el convenio no dice nada mejor, cobrará
ola me gustaria saber si tengo un accidente con el vehiculo y e tenido daños personales y puedo trabajar en mi trabajo o en su defecto no pueda trabajar quien me pagaria ami el sueldo del mes de trabajo o los dias de baja gracias