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accidente tráfico

4 Comentarios
 
Accidente tráfico
24/04/2011 23:45
Buenas noches,
Quería hacer una consulta a ver si alguien podría ayudarme porque estoy hecha un lio.
Este viernes pasado, mi hijo tuvo un accidente con mi coche, no está asegurado y además dio positivo en la prueba de alcoholemia.
¿Qué debo hacer? ¿Le digo al seguro que era yo quien conducía? Si digo que era mi hijo el conductor, ¿me lo aseguraran?
Llevo todo el día dándole vueltas y no me queda nada claro, agradezco toda sugerencia que me podáis aportar.
Un saludo y gracias.
24/04/2011 23:59
El otro tema que me ocupa es averiguar que sanciones pueden caerle por conducir bebido y ser menor de 25 años.
25/04/2011 00:02
No puedes decir eso, en el atestado constará quién era el conductor. Cometerías posiblemente una falsedad y una estafa. No te va a tocar otra que haceros cargo de todos los gastos.

25/04/2011 00:14
Kapitán muchas gracias por responder. Eso temía yo, que he de declarar la verdad. El seguro a todo riesgo no cubre los daños del coche?
25/04/2011 00:21
En cuanto a tu otra preocupación, la alcoholemia se la habrán tramitado casi con seguridad por lo penal, así que le espera:

Artículo 379. Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. Redacción según Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre.

1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Con 25 años no se escapa.