Hola a todos: Tengo que interponer un recurso de reforma contra el auto de archivo de la causa por entender que los hechos no son constitutivos de infracción penal en un caso de accidente de tráfico con resultado de muerte, y me gustaría saber cual es el artículo de la LECr o del C.P que indica el plazo de prescripción de seis meses para interponer la denuncia por un delito por imprudencia con muerte, ya que éstos todavía no han transcurrido. Muchas gracias.
El plazo de seis meses lo es para las faltas, que es a buen seguro a lo que te refieres. Seguro que con ese dato lo encuentras en el CP, aunque no se que tiene que ver una cosa con la otra (recurso de reforma por entender que no hay infraccion penal con caducidad de la falta por transcurso del tiempo sin existir denuncia o, aun existiendo, por inactividad procesal.)