Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Accidente Tráfico: perjudicada ¿qué hacer?

1 Comentarios
 
Accidente tráfico: perjudicada ¿qué hacer?
19/09/2005 12:28
Estimados compañeros, a ver qué opinais:
Clienta que tiene un accidente hace 10 meses, yendo de ocupante del coche de su marido. El coche está asegurado con X. La clienta se pone en manos de su propia compañía de seguros de asistencia sanitaria puesto que tiene dolores (en principio la típica cervicalgia), dado que la compañía X no se pone en contacto con ella. El marido, al hablar con su corredor de seguros, se entera que al haber salido perjudicada su esposa se ponen todos los medios a su alcance por parte de X y que tendrá derecho a una indemnización por la baja derivada del accidente. Como la clienta está contenta con lo que le están haciendo los rehabilitadores de su propia compañía, únicamente le van haciendo seguimiento los médicos de X, pero ella se rehabilita con su propia compañía con un tratamiento determinado.
Al pasar los meses y no encontrar mejora, la clienta decide ponerse en manos de X, la envian a un centro de rehabilitación y allí empieza una rehabilitación con un tratamiento diferente, siempre pensando que tiene una cervicalgia. La clienta además está embarazada desde un mes después del accidente.
La clienta no ha interpuesto demanda en el juzgado, puesto que en todo momento cree que no va a tener ningún problema.
Hace un mes, la compañía X la llama para comunicarle que según los médicos del centro rehabilitador, ya nada más se puede hacer por ella y que le va a quedar una lesión por cervicalgia valorada en 1 punto. X le dice que le pagara los días que haya estado incapacitada hasta esa fecha.
La clienta se niega a firmar ningún documento.
En la compañía X siempre le han dicho que al estar embarazada, no se le podía hacer ninguna prueba más de las que se le han hecho, y que de todos modos no va a tener ninguna lesión ni secuela diferente a la que valoran ellos, como ella duda de que no se le pueda hacer ninguna otra prueba se va a un médico de su seguro privado, explicando que sigue teniendo dolores y que si es cierto o no que no le pueden hacer más pruebas para descartar otras lesiones, y la envian a un neurofisiologo clínico que le realiza una prueba que hasta ahora no le habían hecho: una exploración electromiográfica, de la que se extrae como diagnóstico: radiculopatía cronificada moderada C5 izquierda y radiculopatía cronificada leve C7 izquierda, advirtiéndola que no ha estado siguiendo el tratamiento adecuado durante todo el tiempo que la han tratado a través de la compañía X, y que si bien tiene recuperación posible, se tiene que poner cuanto antes en manos de un rehabilitador que la trate adecuadamente.
La clienta se lo comunica a X, y el tramitador del siniestro le dice que eso es porque está embarazada, y que para ellos es alta desde hace 1 mes, y que quieren hablar con su abogado para ver cómo se arregla el tema.
He pensado en enviar un burofax al tramitador del siniestro (de paso de este modo aprovecho para interrumplir plazo de prescripción entiendo que penal y civil), diciendo que dado que del informe que poseemos se extrae que la han estado tratando mal a través de la compañía X, y dado que la clienta no confia en los tratamientos de esta compañía, comunica que va a seguir siendo tratada por los médicos de su propia compañía privada, quien posteriormente podrá repercutir los costes de la asistencia médica a X, y comunicando también esto a efectos de que X sepa que mi clienta no está conforme con el alta que proponía desde hace un mes X, puesto que en ningún momento ha estado capacitada para trabajar debido al accidente, y puesto que del informe que le han dado se desprende que lo que tiene es una radiculopatía que tiene que ser tratada adecuadamente, todo ello independientemente del hecho de que haya estado embarazada (acaba de parir este fin de semana y no sé sino debería también de dar parte en el burofax?).

Mi pregunta es si puedo enviar así el burofax y realmente que mi clienta sea tratada por los médicos de su propia compañía, o si le tengo que dar la opción a X de tratar ellos mismos, por la radiculopatía a mi cliente (mi clienta realmente no confia en X y lo que quiere es que la traten sus propios médicos). También pienso que sería bueno que la S.S. que hasta ahora no la ha estado tratando, almenos la vea para poder hacer un informe que coincida con el de su propia compañía, no, a pesar de que me han dicho que la S.S.le ha dicho a la clienta que ahora tiene que ser alta por el accidente y baja por embarazo ya que no pueden haber dos bajas, cosa que no domino y no se si es cierto?
Y otra pregunta aunque no tan importante es si la rehabilitación se le podrían hacer en su propia casa cuando se haya repuesto del parto, ya que acaba de dar a luz.

A ver si alguien opina algo, muchas gracias!
19/09/2005 19:28
Estimado compañero:

Mucho cuidado con el tema de que con un simple burofax interrumpes la prescripción del 1968.2 CC que establece un año desde que lo "supo el agraviado" y en tu caso es desde que ocurrio el siniestro, por lo que tal vez debas ir pensando en interponer demanda de juicio ordinario dejando en el suplico bien claro que reclamas los perjuicios que se produzcan y que a dia de hoy solo puedes determinar los dias de baja que ya ha estado quedando pendiente de determinar el resto hasta la curación e igual respecto de la determinacion de las secuelas.
Respecto del tema de que no se puede estar de baja medica por contingencia comun y al mismo tiempo de baja por maternidad es totalmente correcto, pedir para ello informes periodicos al medico de cabecera que acrediten que se continua con dolencias lumbares o dorsales.

Por cierto no se si has mirado el art 14 y 15 del RDL 8/2004 que establece un procedimiento preparatorio que se aleja de la LEC y que pienso que tal vez así si interrumpas prescripcion.
SAludos.