Buenos días, un familiar está ingresado en un hospital público por accidente laboral al que fue llevado de urgencia. La mutua se va a poner en contacto con él en breve. ¿Tiene este familiar algún derecho para decidir si quiere continuar en el hospital público o tendrá obligatoriamente que ser trasladado al centro médico donde disponga la mutua?
En mi opinión es la Mutua la que se debe hacer cargo del trabajador accidentado, por que a ello le obliga la Ley. Por lo tanto eso es cosa de la Mutua y a ella se le debe exigir que preste todos cuantos servicios médicos sean necesario para reponer al trabajador al mismo estado en que se encontraba antes de sufrir el accidente y a abonar todas las cantidades economicas que determina la LGSS( subsido de baja y posibles pensiones).
Todo dependerá de donde tenga o con quien tenga contratado la mutua las prestaciones hospitalarias, puede que tenga algún acuerdo con ese hospital u otro de carácter privado, como comprenderá es la mutua quien paga y por tanto ellos tienen contratado el servicio con algunos hospitales, en cuanto el tiempo que lleva en el hospital publico les pasaran la factura a la mutua.