En caso de accidente laboral, mientras dura la baja, ¿quién te pago la Seg. Social o la Mutua? y ¿que % se cobra? y ¿ de qué, sueldo base, de todo lo que venía percibiendo? gracias.
Si es por accidente seguramente sea la mutua y en principio la prestación es del 75% de la base reguladora del salario, salvo que el propio convenio mejore este porcentaje.
A ver si nos aclaramos, porque no empieza por decirnos en qué trabaja? Y la situación en la que se encuentra asi como el convenio de aplicación porque si sufre un accdte laboral mientras esta usted de IT seguirá cobrando de su empresa salvo que se le finalice el cto o sea despedido, por tanto la base que se utiliza para el calculo de du salario será la base de cont. Profesionales del mes anterior al de la baja y según lo que diga el convenio lo mas probable es que cobre usted el 100% de esa base de cont prof. porque de IT por accdte laboral cobra usted el 75% de la base y segun los convenios las empresas complementaran el 25% restante. La cosa cambio si o bien finaliza cto o bien es despedido.
SMO
Wolframio85 el consultante muestra un total desconocimiento del tema, dadas sus preguntas y usted que ya ha demostrado tener los conocimientos necesarios con una respuesta sesgada aunque cierta induce a error.
SMO
Gracias a ambos por la contestación. La verdad es que tengo un desconocimiento total del tema. El accidentado es mi yerno, está en la empresa como fijo, pertenece al convenio del metal.
Bueno en ppio habría que saber si es convenio de industria siderometalúrgica o conv comercio del metal y de que provincia pero en ppio siendo fijo en plantilla y con el complemento de la empresa en situación de IT por accdte laboral cobrara de la empresa y cobrara el 100%