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Accidente laboral por vía penal

3 Comentarios
 
06/09/2010 17:30
Hola ugibdn, imagino que la calificación será de delito de lesiones por imprudencia grave o algo así, tendrás que buscar en el libro de honorarios de tu colegio las normas o los criterios orientativos relativos a las actuaciones ante la jurisdicción penal e ir aplicándolos, dependerá de si hay pluralidad de acusados, supensiones o aplazamientos de la vista, si hay conformidad o si se celebra la vista íntegra, de los escritos presentados, del estudio de las actuaciones, no es lo mismo autos de 15 folios que de 300, las asistencias, etc. Además cada colegio tiene sus propios honorarios.
06/09/2010 13:49
Muchas gracias marilina, es lo que creía... Igualmente, esperaré a que el Jdo requiera un Procurador, pues de este modo, de no habrirse el proceso evitaré más gastos. Una cosilla más, sabes cuanto me pueden ser las costas aprox de un proceso como este? Un saludo, y muchas gracias!
03/09/2010 19:29
Hola, supongo que en el juzgado de instrucción se habrán abierto diligencias previas de procedimiento abreviado, por tanto, si el alta médica la tiene por parte del médico del seguro o por uno particular, tendrás que llevar el parte de alta al juzgado para que lo incorporen a dichos autos, lo aportas junto con un escrito, y, de paso, en ese mismo escrito pides que le den cita para que también sea revisado por el forense del juzgado. Yo que tu buscaría ya procurador para que se persone en representación de tu cliente, o con poder o que haga otro apud acta, así ya te podrá enviar el juzgado las notificaciones y citaciones a través de él. De todas formas, también te puedes esperar a que el Juzgado advierta que no hay procurador y le conceda un plazo a tu cliente para designarlo.

Salvo mejor opinión. Un saludo.
Accidente laboral por vía penal
03/09/2010 16:39
Muy buenas a tod@s. Estoy muy liado, pues acabo de empezar y no me aclaro mucho. Agradecería alguien me pudiera aclarar lo siguiente:
- Accidente laboral por falta de dispositivos de seguridad en vehículo (de trabajo).
- Baja por meses y recuperación.
- Citación al Juzgado PENAL (si, si, penal) para dar Declaración. Allí me persone como su abogado y constituimos apud acta. No tengo aún procurador.
- Ahora el trabajador ya tiene el alta.

Pregunto yo:
1.- Al darle el Alta médica, debo hacer algo ahora? o debo esperarme a que el Juzgado Penal dicte algo?
2.- Es ahora el momento del Procurador o me espero a recibir algun escrito del Juzgado?

Muchas gracias de antemano, sinceramente estoy muy estresado....