La policía le llamó para que prestara declaración. Le preguntaron que si quería denunciar, y dijo que sí. Entonces relató todo lo ocurrido, la falta de medidas de seguridad, que la máquina ha sido modificada tras haberla revisado la policía y el Instituto de Seguridad e Higiene, etc. Le dieron la típica hoja que dice que tienes derecho a un abogado de oficio, etc.
Citaron a mi compañero para declarar para la inspección de trabajo, y habló con la inspectora. Todavía no ha habido resolución. Por otro lado, la policía al citarle para prestar declaración, le preguntó que si quería denunciar, y dijo que sí, y denunció. Al haber denunciado ante la policía, ¿no sale de ahí que se le otorgue una indemnización? ¿Hay que reclamar la indemnización con otra denuncia por otra vía?
¿Sabéis algo de esa Inspección? ¿si derivaron responsabilidades -recargo de prestaciones- a la empresa? Si tu compañero fue citado (aunque no pudiera comparecer) podéis pedir copia del expediente.
La indemnización yo la iría pidiendo ya, sin esperar.
Finalmente ha habido inspección de trabajo, y la policía por su parte contactó con mi compañero para que declarara. Le dijeron que si quería denunciar, y lo hizo. Para reclamar una indemnización, ¿es suficiente con esto? ¿O tendrá en el futuro que reclamarla cuando se haya curado del todo (le dan un año aproximadamente para recuperarse)?
Muchas gracias, Eumeo, por toda la información. Es una empresa que hace lentes para gafas; no se bien el convenio, pues en el contrato parece que no lo especifica. Es en Madrid.
Por otra parte, la empresa nos ha dicho que han contratado los servicios de una empresa externa para hacer una investigación sobre el accidente, y quieren hablar con mi compañero. ¿Está él obligado a contestar a las preguntas de esta empresa? Porque nos suena a estrategia para intentar encontrar la forma de que mi compañero se líe en las respuestas y acabe confesando que fue culpa suya, y así la empresa tener algo con lo que defenderse.
Por partes: si pretende una indemnización aparte de la que imponga la inspección laboral, una indemnziación por la vía civil, sí debe acudir a un abogado.
De todos modos, ¿de qué provincia y convenio estamos hablando? Pudiera ser que si existe convenio colectivo este estipule una indemnización que, obligatoriamente, la empresa debe tener cubierta con una aseguradara , para determinado tipo de accidentes, indemnización que es aparte del posible recargo que ponga la Inspección.
La Inspección actúa, en caso accidentes graves, de oficio, pero acercarse a recabar información tampoco está de más.
Con lo que cuenta la sanción a la empresa es más que probable, y seguramente cuantiosa.
La inspección de trabajo ¿actúa directamente, sin que el comité de empresa o el trabajador denuncie? Lo que sabemos hoy por hoy es que la policía estuvo en la empresa, ha ido la mutua y el instituto nacional de seguridad e higiene. ¿Esto es suficiente para que se sancione a la empresa?
Muchas gracias por su respuesta, Eumeo. Entonces entiendo que debemos dejar que la policía siga son sus investigaciones y que procedan según ellos consideren que deba ser la sanción. ¿No tiene que meterse en abogados para reclamar una compensación económica? ¿De haberla, le será dada por lo que la Inspección de Trabajo decida?
Casi con seguridad el parte de accidente lo calificará como grave o muy grave, con lo cual la Inspección actuará de oficio, sancionando a la empresa y, muy probablemente, imponiendo un recargo a esta (del 30% mínimo) sobre las prestaciones que perciba tu compañero, sean vitalicias (una pensión total para su profesión habitual) o a tanto alzado (una indemnización, normalmente de doce mensualidades, por pensión parcial)
No obstante, tampoco estaría de más acercarse a la Inspección e informarse, porque además, si fue usted testigo debe declarar ante el inspector. (la empresa, probablemente y si actuó negligentemente, diga que no había tales testigos)
A priori no necesitará abogados, porque el problema lo tiene la empresa, pero puede que finalmente (hablo de un par de años quizá) sí, porque la empresa impugnará (caso de existir) el recargo por falta de medidas de seguridad, y para ello achacará el accidente a la actitud negligente de su compañero.
Accidente laboral por falta de seguridad,¿qué hacemos?
Buenos días. Mi compañero ha tenido un accidente laboral. Estando en su puesto de trabajo, un encargado le dijo que había que limpiar una máquina que estaba atascada. Él fue a hacerlo, y resulta que esa máquina tenía unas cuchillas que él desconocía que estuvieran ahí, y le amputó tres dedos. Dos han conseguido reimplantárselos. Sigue en el hospital, donde le están curando y observando para ver si su mano acepta los dedos y no hay rechazo.
La policía fue al lugar del accidente y ha hablado ya dos veces con mi compañero. Han dicho que van a volver a hablar con él cuando mejore, porque están viendo que hay muchas irregularidades.
¿Cómo debemos proceder? Uno de los médicos le dijo que le darían una buena indemnización. ¿Esto es así? ¿Hay que reclamarlo mediante abogados, o hay que dejar que la policía haga su trabajo y ellos se encargan, y si ven irresponsabilidad por parte de la empresa en cuanto a normas de seguridad, le darán a mi compañero lo que le corresponda económicamente?