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Accidente laboral in itirene

5 Comentarios
 
Accidente laboral in itirene
29/02/2012 11:18
Buenas y saludos a todos, espero que me pueda ayudar alguien con una serie de dudas
Tuve un accidente con el coche volviendo del trabajo, estando en un atasco me dio por detras otro coche, al dia siguiente no fui a trabajar y fui al hospital, me mandaron andar con collarin 3 dias y reposo.
Al dia siguiente fui a la MUTUA, un medico me examino y me dio la baja por un esguince de cuello con fecha al dia despues del accidente.
Mis preguntas son la:
¿La baja comienza el dia del accidente o al dia siguiente?
¿Quien se hace cargo de mi sueldo?
¿A quien tengo que reclamar una indemnizacion, a la MUTUA o a la compañia de seguros del coche?
El medico de la MUTUA me dio cita para el proximo viernes para darme el alta, sino m encuentro en condiciones para trabajar ya que tengo que conducir 1 hora de ida y otra de vuelta, mas las 8 horas de trabajo, que puedo hacer.
Muchas gracias de antemano
29/02/2012 11:54
1)Entiendo que la baja a efectos laborales comienza al día siguiente ya que el día del accidente usted había cumplido con su jornada habitual.

2)La mutua.

3)A la compañía aseguradora de quien le impacto.

4)Puede, aparte de presentar una reclamación ante la mutua en los formularios de los que ellos disponen solicitar una evaluación y revisión del alta a la SS y esperar resolución.
29/02/2012 12:11
Por partes.

¿Cuando acudiste al hospital te dieron justificante?, si no es así no pasa nada porque el ingreso queda registrado, (mas bien la atención, no el ingreso), y puedes reclamar en cualquier momento que te den un justificante e informe del tratamiento iniciado.

El parte de baja comienza al día siguiente del hecho causante, es decir después del accidente, (aunque por ser accidente laboral al ser "in itinere" debe tratarte la mutua y la mutua a lo mejor puso la fecha en la que tu acudiste a ellos, que subsanen ese error sino perderás un día de salario.

-Cuando hay un accidente laboral, el día del accidente se cuenta como trabajado, es decir si esto te hubiese ocurrido yendo a trabajar, constaría como trabajado, tu caso es el opuesto es decir ya habías trabajado y fue regresando a casa, pues nada es día trabajado sin mas.

-Tu sueldo seguirá abonandolo tu empresa, en lo que se denomina pago delegado, luego tu empresa se arreglara con la mutua,a ti ni te va ni te viene.

En cuanto a la indemnización, estas parado en un atasco y te dan por detrás, entonces la culpa o responsabilidad es del seguro a terceros de la otra parte implicadas en el accidente, la mutua te seguirá pagando tu nómina (como dije en pago delegado a ti te pagará tu empresa), y en cuanto a la indemnización por daños, será el seguro de la otra compañía, (para ti mejor así, porque estamos hablando que esto recibe un tratamiento de derecho civil y no laboral, y por tanto las indemnizaciones son mayores), tu debes ponerte en contacto con tu compañía de seguros quien por medio de sus abogados reclamara a la otra tanto los daños causados a tu vehículo como los días perdidos de trabajo por esta causa.

Si el médico de la Mutua te diera el alta y no estas en condiciones para ir a trabajar, sucedería que al darte el alta tu debes acudir al trabajo pero puedes acudir a tu médico de cabecera, (vamos el de la SS), y si éste confirma la baja estaríamos ante una IT por Cont. Comunes y habría que demandar a la mutua ante la seguridad social para exigir lo que se llama un cambio de contingencias, de cont. comunes a cont. profesionales.
29/02/2012 15:04
esta claro todo lo que te han comentado los demas,pero yo por propia experiencia te recomiendo encarecidamente que acudas a un abogado especialista en accidentes de trafico ya que tienes que saber que la negociacion entre compañias de seguro siempre son acuerdos que les convencen a ellos mirate un abogado especialista en estos casos y veras la diferencia de imdemnizacion,a mi en mi caso que me dieron tambien por detras me diagnosticaros latigazo cervical y percibi una cantidad algo baja segun expertos lo que pasa que el que me dio fue mi jefe y no quise buscar nada mas pero podria haber sacado el doble de lo que me dieron,si quieres lo hablamos por mail,te lo dejo xavieuropa@hotmail.com
29/02/2012 17:27
Lo primero dar las gracias a todos los que habeis contestado, la verdad es que me habeis dejado las cosas bastante claras con vuestras respuestas.
Xavi mi seguro del coche y el del otro conductor no son los mismos, sabiendo eso sigues opinando que es mejor contratar un abogado especialista por lo del tema de la indemnizacion.
Tambien podria esperar a que mi seguro me dijese de cuanto seria la cantidad de la indemnizacion y si no estoy conforme acudir al abogado, el problema radica que no se que cantidad es justa como indemnizacion, que opinais
29/02/2012 17:55
Mira es cierto que los abogados de las compañias entre ellos llegan a acuerdos, por el hoy por ti mañana por mi, pero consulta primero al abogado de tu compañia y luego pagas una consulta con un particular (unos 60 €) y así sabrás cual te conviene más (pero tb te digo que los mas especializados en estos temas son los que tienen las compañias de seguros, porque obviamente estan puetos en el tema, es su especialidad.).
En cuanto a la indemnización oscila entre distintas cantidades dependiendo de los días perdidos, de si quedan secuelas, del salario del trabajador (entiende que no eds lo mismo un trabajador que gana 50 €/día que otro que gane 120 €/día), pero mas o menos la media puede osclar entre 40 y 70 €/dia de IT), mas los daños a tu vehículo que esto lleva una tasación a parte.