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Accidente laboral en barco

2 Comentarios
 
19/02/2020 22:06
Jamgrrhh28
Hola mi pregunta es la siguiente .soy trabajador por cuenta ajena en el régimen general del mar soy indefinido con
una antigüedad de 6 años en la empresa mi actividad de la empresa es el mantenimiento y reparación barcos
estoi asegurado la 8 horas mi horario es de 7 a 2.30 mañana.pue bien también tengo una empresa recambios automoción aquí estoi como autónomo.la empresa como autónomo lleva montada desde junio de este año pasado 2019. Acabo contratar dos chicos de formación contrato de bonificación del SEPE .donde yo soy su tutor .ellos tienen una formación de 6 horas práctica y 2 horas de teórica.bien pues aquí empieza ....en mi trabajo regimen del mar trabajado tuve un accidente laboral dentro de la zona de trabajo en el mismo barco y dentro del horario sería sobre las 12 mañana fue al pasar de un barco a otro caí en un boquete no señalizado donde le faltaban tablas de cubierta y falta de señalización ,me he fracturado meseta tibia y varios donde me han tenido que intervenir quirúrgicamente posiblemente me queden secuelas según los cirujanos puesto que fue una operación complicada y de larga recuperación pues bien me corresponde algún tipo de indemnización por parte empresa o mutua,,,,tengo actualmente la incapacidad temporal.todos mis informes clínicos mutua que me atendió y hospitales ecttt.ahora por otro lado la segunda empresa como autónomo de recambios puedo ir a mi empresa a visitarla en silla de ruedas ojo no para trabajar sino para visitarla .me comenta la mutua que me pertenece la baja de autónomo de mi médico de cabecera .gracias
19/02/2020 14:28
franciscopaco
Verá se expresa usted muy mal, no se le entiende.
Dice usted que ha tenido un accdte laboral pero no me queda claro de si estaba usted trabajando o estaba de viaje en un barco y usted era el cliente.
Bien en ambos casos, si usted era el usuario de un tour tendría los billetes y con ellos una cobertura del seguro de la agencia que organizarse el viaje.
Si usted estuviese contratado como trabajador de ese barco en ese crucero, (supongo) entonces sería un accdte laboral por el que cobrará usted su nómina mensualmente mientras esté de baja, (esa es la indemnización), luego si como dice tiene secuelas pues hay que saber que tipo de secuelas, por ej si son invalidantes o no, me refiero a que una secuela sería por ej una cicatriz, pues esto supone una indemnización a tanto alzada y de una sola vez y de acuerdo a una tabla de secuelas estipulada que cuando esté recuperado la propia SS de encargará del pago, (más bien la mutua).
Si son lesiones invalidantes que le impidan trabajar en su actual trabajo tendrá que pasar el EVI (equipo de valoración de incapacidades) y le reconocerán una IPT o IPA según sean las lesiones.
smo
Accidente laboral en barco
19/02/2020 13:44
Hola he tenido un accidente laboral empresa ha sido en un barco caí bodega que la dejaron destapada sin señalización sin cumplí r las normas tengo derecho a una indemnización el accidente has sido meseta tibial fractura y astillada me han operado y me dicen cirujano que posible me queden secuelas gracias