Buenas tardes,
El pasado 27 de abril sufri un accidente al dirigirme a mi puesto de trabajo fracturandome la pelvis y el sacro. Actuamente me encuentro de baja y con limitaciones. Me gustaria saber q derechos tengo, q salario tengo derecho a percibir, si me corresponde percibir paga de verano y a q me puedo acoger en estos casos.
Es la primera vez q me pasa algo de esto y la verdad q estoy muy perdida.
Muchas gracias
Hola,bueno como fue de camino al trabajo,se considera accidente laboral,tiene que mirar el convenio de su empresa, normalmente si es accidente te pagan el 100%,de tu salario,y la paga de verano imagino que también la tendrá,un saludo
Buenas,
Vera, son necesarios mas datos para responder a lo que pregunta, convenio de aplicación por ejemplo.
Pero por regla general si usted acudió a la mutua y esta de baja por accidente son unas condiciones y si por el contrario fue al medico y esta por enfermedad común son otras.
No nos lo dice y mejor preguntar que dar por hecho cosas que no sabemos, en cualquier caso el salario a cobrar depende de la base reguladora (lo encontrara en su nomina) del mes anterior al día de la baja, es decir, la nomina de MARZO.
Por otro lado, lo de que la paga de verano le corresponde depende de lo que establezca su convenio, si no tiene en el mismo que las pagas extras se cobran integras aun estando de baja (no suele ser así), no la cobrara integra dado que cuando se esta de baja se cobra según la BR y ahí ya están incluidas las pagas. Le correspondería la parte proporcional generada hasta la fecha de baja.
Que derechos tiene?, lo primero debe mirar que convenio se le aplica y mirar en el mismo que dice sobre las incapacidades temporales ya sean por enfermedad común o por accidente, y si no lo tiene, pues en el estatuto de los trabajadores hay unos mínimos establecidos.