Martina, evolucione cómo evolucione que te hace pensar que la empres atenga que pagar nada?
Mírate el convenio a ver si dice algo al respecto.
De lo contrario supongo que en caso de que alguien tenga que alguna indemnización será el culpable del accidente y por vía civil.
En la via laboral no hay nada que reclamar. Si mañana le dan una incapacidad permeanente alguinos convenios recogen una indemnización que debe pagar la enmpresa, pero solo si le dan una IP, y no siempre se incluye el accte in itinere
Hombre, es un poco pronto para reclamar indemnizaciones ¿No?, habrá que ver como evoluciona, si le queda una incapacidad y demás. Según esto, podrá hacer las reclamaciones pertinentes.
SALUDOS.
hola, una cliente ha tenido un accidente cuando iba al trabajo en el camino por el que va todos los días. Sufre lesiones importantes, ahora mismo está en la UVI. Qué procedimeinto se ha de seguir? aquién hay que reclamar indemnización? a la empresa, a la compañía que asuma el riesgo de accidente contratada por la empresa? espero vuestras respuestas.