Buenos días. El día 10 de Julio mi novia sufrió un accidente de tráfico. Estaba parada en un semáforo y un coche la dio por detrás desplazándola varios metros. Consecuencia del accidente tuvo un latigazo cervical. Ha tenido mareos, se la dormían los brazos y ha estado 2 meses y medio en rehabilitación con fisioterapia y termoterapia. El día 16 de Octubre terminó con la rehabilitación. No pudo coger la baja puesto que ese mismo día la acababan de dar el alta por otro motivo, pero el médico recalcó que debía cogérsela. Además tenemos un hijo al que no ha podido atender en condiciones porque todas las contracturas cervicales se le bajaron a las dorsales y ha estado muy fastidiada desde el accidente y bastante deprimida porque nuestro hijo no tiene 2 años aún y necesita cuidados de una madre que ella no le ha podido dar. ¿Alguien me puede decir por favor cuánto la correspondería de indemnización? La vio el médico forense a finales del mes de Septiembre y el día 22 de ostubre tiene que volver a la 2ª vista. Nos ha comentado que al no poder darse de baja se calcularán unos días como si lo hubiese estado. Por favor, queremos saber más o menos la indemnización que la pueden dar. Muchas gracias
El importe de la indemnización en éste caso depende, de lo que el Médico Forense refleje en su informe y, por lo que puedo intuir, aun no lo ha emitido dado que se está pendiende de acudir a un segundo reconocimiento médico.-
En cualquier caso, sí puedo indicarte que la indemnización se calcula aplicando el baremo de accidentes establecido en la Ley sobre Rsponsabilidad Civil y Seguro en la circulacion de vehículos a motor, cuyas cuantías, se actualizan anualmente. En éste sentido, para calcular el importe de la indemnicación se tiene en cuenta en primer lugar, cual ha sido el periodo de curación de las lesiones (incapacidad temporal) distinguiendo entre lo que son días impeditivos y días no impeditivos y, en segundo lugar, si existen o no existen secuelas permanentes (en éste caso, latigazo cervical).-
A tales efectos, es indiferente a efectos de que el forense reconozca ese periodo de incapacidad temporal, el que se haya hecho uso o no de la baja laboral. Pero en cualquier caso, el importe a reclamar va a depender de lo que el Forense haya determinado en el informe y por ello, no puedo dar una cifra.-
Un saludo
Alberto J. Martín
amvabogadosyasesores,com
amvabogados@hotmail.com
ya tenemos el informe del forense. 15 días impeditivos, 75 no impeditivos y 1 o 2 puntos de secuelas. ¿Qué indemnización se obtendría con ese dictamen? Otra pregunta... a parte de lo que indica el forense que son daños corporales, se pueden pedir adicionalmente otros daños y perjuicios ocasionados por el accidente como puede ser que los 15 dias que tenia de vacaciones los tuvo que pasar en casa por tener que acudir a rehabilitación, o el haber estado 15 dias sin coche trabajando en una inmobiliaria, o el no poder atender a nuestro hijo y necesitar ayuda de terceras personas porque yo estaba trabajando em Sevilla?? No estamos muy puestos con el tema y si nos pudierais ayudar os lo agradeceriamos. Un saludo