os expongo una situación en la que me encuentro, ante la cual no sé como actuar.
Hace un año y medio, tuve un accidente de tráfico, del cual arrastro una rectificación cervical, así como numerosos meses de baja intermitentes, traumatismos, etcétera.
Días antes de que se cumplieran 6 meses del accidente, presente una denuncia por la vía penal. He estado visitando a una forense con regularidad durante unos 3 o 4 meses, la cual ha redactado un informe en el que se recoge sólo una mínima parte de todo lo sucedido.
Por otro lado, una vez obtenido el informe, mi abogada a través de un procurador, a quien le otorgué poderes, ha retirado la denuncia por lo penal.
Ante ello, mis dudas son:
- ¿Se puede reabrir la causa de alguna manera? Hace unos 10 días que se retiro la denuncia.
- En caso afirmativo, ¿se puede pedir un informe de un segundo forense?
En caso de no poderse reabrir, supongo que tendría que ir por lo civil. ¿Qué peso tendrúia por lo civil el informe de un forense de lo penal? La compañía de seguros ya tiene el informe del forense también, por lo que me preocupa este punto.
Para haceros una idea, soy una persona de 20 años, con rectificación cervical, más de 7 meses de baja en total, diversos trumatismos y conmoción cerebral, informes psicológicos de desórdenes a raíz del accidente y más, y lo ofrecido por la mutua han sido 2400 €
Si se ha archivado el tema penal y ha transcurrido el plazo para recurrir, no ha posibilidad de reabrirlo.
Ahora se iniciará la vía civil donde tienen plena validez cuantas pruebas se hayan practicado en el procedimiento penal, también el informe del forense.
No hay posibilidad de otro forense pero sí de aportar informes de un médico particular, contratado por usted, aunque como imaginará, al Juez le pesa mucho más la opinión del forense pues éste se presume objetiva.
Para la valoración económica de sus lesiones, el Juez atenderá a lo que diga el informe del forense. Ahí constarán los días de hospitalización, los días impeditivos y los no impeditivos (todos ellos con una valoración distinta, en función de un baremo), finalmente, si le hubiera quedado alguna secuela, también se hará constar, atribuyéndole una puntuación en función de la misma y valorable también según el baremo. Se trata de un cálculo muy sencillo! Realizado este cálculo, podrá usted saber si lo que le ofrece el seguro es justo o no!
muchas gracias. El tema penal se ha archivado a petición mía/de mi abogado/del procurador, ¿qué tiempo hay para recurrir y reabrirlo? Aunque haya sido yo/mi abogado/el procurador el que haya pedido cerrarlo, se puede pedir la reapertura?
Por otro lado, si se reabriese, ¿no se puede pedir la valoración de un segundo forense de ninguna manera? El informe redactado por la primera no tiene nada que ver con las lesiones reales ni lo que he pasado en este tiempo, y dado el peso que tiene un informe de forense, me gustaría recusar/recurrir el redactado.
el abogado tiene poderes tuyos, por tanto lo que hizo es como si lo hubieras hecho tu.
Lo único es denunciarlo por mala prácrica ante su cilegio de abogados, ya que todos los abogados tenemos un eguro de responsabilidad civil para casos de errores graves.No se si será este el caso, me temo que no pero ahí queda.