Saludos
siempre es preferible la via civil por ser la más rápida; ahora bien, si en el siniestro ha existido lesiones o hechos que deban enjuiciarse conforme el codigo penal, entonces deberá acudir a la via penal porque tarde o temprano ahí acabará.
En cuanto a la jurisprudencia, no necesita, debe plantearlo en una jurisdicción o en otra, sin más, porque entiende que de los hechos debe conocer dicha jurisdicción
En un accidente de tráfico, con daños materiales y lesiones a los ocupantes del vehículo, ¿conviene acudir a la vía penal o la vía civil?
He leído en algún sitio, no recuerdo dónde, que pese a existir lesiones, la vía más adecuada de reclamación podría ser la civil. ¿Alguien podría echarme un cable y decirme dónde puedo buscar información? Necesito encontrar jurisprudencia donde se establezca cuándo es más conveniente cada una de las vías procesales. Gracias.