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Accidente de tráfico y recuperación del paro.

1 Comentarios
 
Accidente de tráfico y recuperación del paro.
perfil Anónimo
05/08/2016 20:40
Buenas tardes, a ver si pueden ayudarme con este tema.
Tube un accidente de trafico por culpa de un tercero y estoy de baja por lesiones.
Mi situacion en ese momento era que me quedaba 1 mes para la finalizacion del contrarto, el cual a finalizado estando de baja.
Ahora mismo estoy cobrando del paro que tenia acumulado ( 10 meses ).
La pregunta es la siguiente:
En el INSS nos informaron de que cuando me dieran el alta, si no pedia el paro, y cotizaba minimo 1 dia, recuperaria los 10 meses que tenia de paro acumulado.
¿ Esto es asi ? ¿ se podria hacer ?
En el caso de que no se pudiera hacer, ¿ puedo reclamarle a la aseguradora que se haga responsable de esto ?
Dado que a mi me estan pagando actualmente el paro, por culpa de un accidente en el cual el culpable es un tercero y si yo no encuentro trabajo nada mas darme de alta, no tengo nada.
Muchas gracias por la ayuda.
Un saludo
07/08/2016 17:11
Anónimo
En cuanto al tema que realmente pertenece al ámbito laboral no puedo contestarle, no tengo los suficientes conocimientos sobre prestaciones por desempleo y lo dejaré para los expertos en prestaciones de la SS y Desempleo, no obstante decir que me extraña sea como le han dicho porque al estar de IT, (entiendo que se trata de un accidente de trafico ajeno a la empresa, es decir que no era "itinere" y por tanto esta de IT por cont. comunes), como digo al estar de IT por cont. comunes esta usted cobrando de la mutua pero esta agotando las prestaciones por desempleo a las que pueda tener dcho y cuando reciba l alta se descontaran esas cantidades de lo que le reste por percibir desempleo, asi que no creo que por no solicitar la prestación y trabaje un día vaya a recuperar todo el desempleo al que tenga dcho, pero ya le digo esta aes mi opinión sin base alguna porque lo desconozco.
En cuanto a la segunda cuestión, que pertenece al dcho civil y no al laboral, por lo que le recomiendo ponga tb esta consulta en el foro de dcho civil, aquí puedo decirle, primero los seguros se rigen por la cobertura de dos cosas, "el daño emergente y el lucro cesante", como dice que el accidente es culpa de un tercero, (habrá que ver si no hicieron un parte amistoso) , tendrá dcho en lo que al daño emergente se refiere a todo coste que se derive tanto de su tratamiento por las lesiones generadas como a los daños del vehículo, en cuanto al lucro cesante se refiere a lo que deja usted de ganar por el hecho de dejar de trabajar por causa del accidente por tanto cuando acabe su periodo de IT, el seguro tendrá que indemnizarle con una cantidad por día de trabajo perdido, con lo que si dice que le queda un mes de cto solo cobrara hasta, por éste mismo motivo lo que argumenta de reclamar esa prestación de desempleo no tendría dcho ya que dentro de un mes estaría usted en esa situación la cual ya esta consumiendo.
En cuanto, a lo laboral se refiere, mientras estuvo usted de IT y con contrato en activo tuvo que cobrar la prestación correspondiente.
SMO