He sufrido un accidente de trabajo al inicio de mi jornada, pero cuando aún no habia empezado a trabajar. Concretamente con ropa de calle y dirigiéndome a mi taquilla para cambiarme de ropa (resbalón y caida). Queda claro que es dentro del recinto de la fábrica. ¿Es in-itinere o no?
Buenos días MareaBaja:
En el caso que cuenta es Accidente de Trabajo In Itinere...
Se considera In Itinere desde que el trabajador cierra la puerta de su casa para dirigirse al trabajo, un accidente al salir de la portería sería ya accidente de trabajo. La vuelta sería igual; pero siempre y cuando sea por el camino frecuentado y sin hacer mucha más vuelta de lo lógicamente razonable.
Si esta dentro del centro de trabajo dirigiéndose a las taquillas es accidente laboral sin más, ya esta en el recinto de la empresa asi que en mi opinión no es itínere, pero accdte si que es.
SMO.