hola entre a trabajar en una empresa como conductora y tube un accidente en la nave cargando la furgoneta el caso es que me tire un año de baja por el accidente de trabajo y me han dado el alta con secuelas no invalidantes,no hace ni un 2 semanas,pero en este año que de recuperacion me han diagnosticado un transtorno limite de personalidad y recomienda un año mas de seguimiento mi sicologa y siquiatra y me han dado la baja la seguridad social,,,y ahora no puedo currar,,,,,,mi pregunta es la siguiente
estaba bien antes del accidente, ,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, es accidente laboral?ESTOY MAL DE LOS NERVIOS
DESDE MEDIADOs DEL PROCESO
LA INSPECCION DE TRABAJO ha dado resolucion a la denuncia que yo puse a la empresa y la empresa reconoce que
minorizo las horas de descanso de la trabajadora
bueno mi pregunga es¿¿ si algo DETERMINACION DE CONTINGENCIAS me lo daran por laboral ??
si se agrava o manifiesta una enfermedad por un proceso de AT no es considerado accidente de trabajo. dios estoy desesperada necesito una respuesta
La idea sería que demuestres que tus secuelas actuales han sido provocadas por el accidente de trabajo que sufriste.
El que ya padecieses una depresión puede ser o no util.
*no útil porque quizás tu depresión actual no sea consecuencia del accidente
*util porque puedes demostrar que una enfermedad ya curado ha resurgido como consecuencia del accidente.
bueno he estado trabajando desde entonces,
la empresa me puteo muxo
me hizo pagar una multa de trafico por exceso de horas en disco que pertenece pagar a la empresa me timo por que esa multa va para transportes y la deven pagar ellos y la page yo como anticipo eso me puso mas de los nervios pero eso no se puede demostrar,(esto de la multa esta en los juzgados)
lo que si se puedo demostrar es que si minozaron las horas de descanso tengo como 50 discos pasados de horas que pueden ser el factor extresante ,,,,,,,,,,,,,,,,pero eso lo tiene que decir el EVI O TIBUNAL MEDICO