Existe lo que se denomina "prejudicialidad penal", esto es, que el pleito administrativo se suspende, sin que ello afecte a los plazos, hasta que se resuelve el penal. Hay que notificar la admisión de la denuncia o querella al tribunal de lo contencioso adimistrativo
Estamos en via contencioso- administrativa por un lado y en la penal por otro, por un fallecimiento en el accidente de metro de valencia, ¿existe alguna posibilidad de paralizar (no cancelar) la via contencioso-administrativa a la espera de que se resuelva primero la via penal?¿ Que consecuencias se derivarian de ello?