Buenas tardes, explico mi caso para ver si me podéis dar algo de luz, en 2009 tuve un accidente culpa mía por dar por detrás a otro coche, yo estaba trabajando con un coche de empresa con su seguro a todo riesgo y todo al día, fue un golpe muy pequeño de simplemente una bolladura de matricula. Al poco recibí una citación judicial vía penal el cual fui con el abogado de la aseguradora, por daños que pedían de 20.000 euros los perjudicados en el golpe por secuelas, la sentencia dio fallo por ver claramente que el golpe era muy poca cosa y que no correspondía a lo que pedían los perjudicados.
Hace un año me llego otra citación judicial vía civil, llame la aseguradora y me pusieron un abogado al cual envié toda documentación.
Ayer sin previo aviso me embargaron mi cuenta... es posible
Al hablar con el abogado me dice que a la aseguradora le ha prescrito al pasar un año y que para mi no, que es un caso muy raro pero esta así, de verdad esto es una injusticia no entiendo como puede darse casos así.
Después de estar 2 años ahorrando para poderme casar (en un mes) viene y me embargan todos mis ahorros...
Hola tripoli dime que datos?
Es difícil explicar para alguien que no entiende, pero la sentencia del juez dice que la aseguradora le prescribe por haber pasado un año pero la demanda queda para mi por no prescribir hasta los 3 años, entonces no entiendo porque nos obligan ha tener seguro obligatorio si cuando hay un caso así el juez absuelve a la aseguradora y me pasa ami todo, de verdad no entiendo nada y solo tengo 10 día para hacer recurso al embargo, abogado me dice que el mes de agosto no cuenta como días hábiles, no se como puedo actuar, denunciar a la compañía? para pedirles que me devuelvan los 20000 pico mil euros que me han embargado de verdad esto es injusto.
perdón son 20 pico mil euros de 3 ocupantes que iban en el otro coche por un golpe de una bolladura de matricula que le han echado cuento porque golpe fue mínimo, no se si el abogado de la compañía a ido contra mi porque sigo sin entender nada.
También es mala pata que le embarguen a usted antes justo de casarse, Progénito. Le explico lo que ha pasado:
1º. El denunciante (y demandante) inició la vía penal contra usted por haber colisionado por detrás. Disponía para ello de un año desde que tuvo lugar el accidente, cosa que al parecer cumplió, y por tanto se inició el trámite del procedimiento penal para determinar si existía reproche penal contra usted por lo acontecido.
2º. Durante este trámite, el daño fue peritado judicialmente, arrojando como resultado la cantidad que le reclaman. Parece bastante elevada por el nivel de daños que describe usted; pero es un trance judicial al que hay que estar y que tiene su vía canónica de recurso.
2º. El juez apreció que usted no había tenido ninguna intención que merezca un reproche penal, por lo que archivó el asunto y exhortó al denunciante a que iniciase, si quería, la vía civil, dictando para ello el llamado Auto de Cuantía Máxima, que facultaba al demandante a embargarle a usted por importe de 20.000 euros.
3º. Ese Auto de Cuantía Máxima fue ejecutado dentro de los 5 años que confiere la ley, y le dieron a usted la posibilidad de oponerse e incluso de alegar que era demasiado dinero. Por lo tanto, en lo que le ha ocurrido no hay nada raro sino todo lo contrario: se han seguido con todo rigor las actuaciones que ampara la ley. Un año para presentar la denuncia y 5 para ejecutar el Auto. Y ahora bien lo mejor.
4º. La persona que tiene que pagar ese Auto es su aseguradora. Es más: usted contrató un seguro que tiene como propósito el sufragar precisamente los daños a terceros. Esos 20.000 euros son de cuenta legal de su seguro y es por eso por lo que usted no se enteró de nada: porque el lidiar con el Auto era cosa de la compañía de seguros, ya que se trataba dinero de esa compañía, y no de usted; pues no resulta lógico que alguien tenga que pagar sin que se le hayan dado los medios para defenderse, y usted tenía personado un abogado de la compañía de seguros que bajo ningún concepto puede trabajar para que finalmente pague usted.
Y eso es lo que le ha pasado. Vaya a un abogado que sepa lo que hace.
Buenos muchas gracias por su respuesta juan carlos, el inicio de su explicacion es correcta por lo penal dio fallo y listo, pero luego me enviaron la demanda por lo civil a mi casa, yo llame al asegurador el cual me puso en contacto con un bufet de abogados y les envie toda la documentacion y una designa apud acta.
Ya no he tenido mas noticias de este abogado hasta el lunes que vi este embargo, llame a mi caja me informaron que era del juzgado y llame al juzgado me informaron que venia de ese asunto y me puse en contacto con el abogado.
Dos horas en su despacho recojiendo informacion y me dice que es un caso muy extraño y que ha echo todo lo posible pero la aseguradora la prescrito al pasar un año.
Sinceramente estamos mi pareja y yo destrozados a un mes de tener aque pagar una boda nos lo quitan todo no hay derecho.
El abogado recurrio la demanda ya que no era logico lo que pedian esta personas por el golpe que habia, hay acta policial. Creo que tambien pediria la prescripcion de la aseguradora al pasar un año, la sentencia fue que aseguradora le habia prescrito y que ami no.
El abogo recurrio y la segunda sentencia de la audiencia provincial dice lo mismo.
Me ha explicado algo de una doctrina nueva pero claro hay me pierdo yo, al contactar con otro abogado me dice que hay que esperar que la aseguradora tenga clemencia de mi y me page sino ir contra ellos.
VD NUNCA LE SOLICITO A SU ABOGADO DE LA CIA DE SEGUROS COPIA DE TODAS SUS ACTUACIONES?
Si no lo hizo muy mal.
En cualquier caso si osi la Cia de seguros tiene que hacerse cargo de ese daños.
Y ya sin esperar mas, empiece el tramite de solicitar a su aseguradora que la aprte de cobertura de la poliza del seguro que le cubre los gastos juridicos, que va a cambiar de abogado por uno de su libre eleccion .
Y a la vez vaya preparando un escrito contra su Compañia y abogado que a permitido que pase esto, para reclamar a la Direccion General de Seguros, de esta ANOMALIA. por no decir otra cosa.
Y claro, los dineros que le queden fuera de su cuenta y bajo el colchon, que seguro que ahi, no se los embargan
Ahh , lease la Ley de Consumidotres y Usuarios, que habla de esto un rato.