Un trabajador sufre un accidente con el coche de empresa pero fuera de su horario laboral, cuando estaba utilizando el coche para uso personal.
En el Convenio Colectivo de la empresa no se tipifica dicha conducta como tal.
¿Cabria imponer amonestacion, sancion de suspension de empleo y sueldo o simplemente exigirle al trabajador una indemnizacion?
Gracias.