Kapitan a tu pregunta sino m confundo creo q en caso de accidente se considera delito si el q lo ha cometido da una tasa de 0,40 o superior. Se baja del 0,60 a esa tasa
Jolin leo por Internet y me da un miedo...
Segun la información Reflejada arriba:
¿Podría perderer carnet?
¿me olvido de lo penal?
¿tenrre que ir a algún tipo de juicio?
Perdona r que sea tan pesado pero esque después de releer casos... creo que he tenido mucha suerte de que los agentes no me imputaran un delito contra la seguridad del tráfico y de no haber hecho daño (a priori) a nadie.
Y amigos en caso de pagar ¿soy responsable de los dos vehículos o solo del que me precede?
Te deberían haber informado. En estos casos no hay juicio rápido porque hay que cuantificar los daños, pero si dices que el agente te dijo lo que te dijo...
De todas formas es rarísimo, porque lo normal es que habiendo alcoholemia positiva, aunque sea tasa administrativa, cuando además hay un accidente con responsabilidad, se instruya atestado por un delito del 379.2.
Voy a matizar. Acción penal por la conducción, no vas a tener. Puede ser que alguno de los que le duele el cuello decida reclamar esta lesión, y ahí si puede que presente denuncia ante el Juzgado para que se incoe juicio de faltas, pero en este caso lo que se busca es la indemnización que pagará tu aseguradora.
No pasa nada porque la póliza esté sin firmar, y hay veces que la compañía luego no repite contra el asegurado (no hay un criterio objetivo).
Gracias por la inmediatez, Si me imagino que a alguien le podrá doler el cuello, no obstante ¿sigo sin preocuparme penalmente? ¿Tendré que pagar por los dos vehículos o solo por el vehículo delante? ¿Cuánto suele tardar la aseguradora en comunicar que repite? ¿Influye en algo el hecho de que mi póliza este sin firmar? ¿Hay algún caso en el que el seguro decida no repetir?
Gracias a todos de corazón. Y espero que mi caso sirva de ejemplo para que otros no se tengan que ver en mi situación o peores.
No se va a iniciar ninguna acción penal contra tí, pero el seguro te reclamará lo que haya tenido que pagar, suelen dar facilidades, si lo negocias con ellos.
El pasado 04/10/2013 impacte contra el vehículo que estaba delante y este a su vez impacto contra otro, no hubo lesiones ni vino ambulancia ni similares, el accidente sucedió a unos 30km por hora pero al soplar di 0.39. Me pusieron una multa de 500 euros y 4 puntos, no me citaron para ningún juicio rápido ni similares. El agente me informo que al ser una tasa baja y no observar signos evidentes de embriaguez no es un delito, A día de hoy me consta que el atestado no se ha enviado al juzgado. Lo que me advirtió el agente es que es muy probable que mi seguro repita contra mi. Es la primera vez que me meto en líos con la ley y espero que sea la ultima. Quisiera saber a que atenerme. ¿Es posible alguna acción mas contra mi que la sanción administrativa? ¿de ser así a que me enfrento? Yo di al vehículo y este impacto contra un tercero, ¿Responderé por los dos? (Estábamos en un atasco). La póliza del seguro que esta en mi poder no está firmada ni por mi (Asegurado) ni por mi padre (el tomador). Si finalmente tengo que pagar los daños, ¿me darán facilidades de pago?
Estoy realmente arrepentido y deprimido después de este accidente soy muy consciente de que en el fondo he tenido suerte al no haber heridos graves o peores. Tengo muy claro que en lo sucesivo no volveré a beber ni gota y coger un vehículo. Gracias a todos.