En un accidente en el que ha resultado muerta una persona que se encontraba borracha en mitad de una carretera comarcal y el conductor iba con una tasa de alcoholemia de 0,70 (delito ), hasta dónde puede concretarse una concurrencia de culpa pues, era de noche, carretera comarcal, y estaba ( el falleicdo ) con una tasa de 3, 50 gramos de alcohol en sangre dormido en mitad ( en mitad si ) de la via. La cuestión es que el imputado pues claro, iba con una tasa también elevada y lo atropello y ni siquiera se dió cuenta que era una persona por lo que también le imputaron denegación de deber de socorro y aqui,
tengo otra cuestión, ¿ existe denegación del deber de socorro si uno de los elemntos del tipo penal es que la persona se encuentre en un estado de desamparo y en este caso, la situación de desamparo fué "buscada por el mismo al estar borracho y dormido en medio de una via.
¿En otro orden de cosas que consecuencia tiene no dar parte al seguro si ha pasado dos meses del accidente? Porque imagino que en todo caso habiendo reconocido que iba bebido y existiendo las pruebas de alcoholemia que asi lo demuestran, el conductor va a tener que pagar o si o si ya que el seguro repetirá después contra él
Muchas gracias