Hola,un tema urgente por resolver ya que la asamblea es ya,exposición:delante de mi comercio hay una zona ajardinada con cesped que está cerrada y a la cual solo pueden tener acceso los jardineros y limpieza,ahore un señor que vivie en la porteria de al lado quiere tener acceso para salir y entrar por el jardin ya que tiene problemas con las piernas y lleva muletas para apoyarse,la cuestion es que la porteria de este señor tiene escaleras y a el por todo el morro se le ha ocurrido entrar a su casa por el jardin cerrado,le hemos dicho que pida que le hagan una rampa en las escaleras de acceso al portal pero el sigue empeñado en pasar por delante del comercio en el jardin cerrado,yo creo que lo legal seria que le hicieran una rampa de acceso por las escaleras, ya que las zonas ajardinadas que tenemos no tienen paso ni se pueden usar, son decorativas,no se si estoy en lo cierto o no pero por lo poco que yo entiendo una zona cerrada y ajardinada no tiene servidumbre de paso,pero tambien es cierto que el señor tiene derecho a un acceso mejor por la entrada de su porteria,la asamblea extraordinaria es esta semana y necesito que me aclaren el tema,para ver si se puede votar o no o que pasa,ademas no se si en una asamblea extraordinaria se pueden votar este tipo de coas, gracias y espero contestacion rapido.
Entiendo que lo propio es adaptar la puera de acceso con una rampa o con lo que proceda y si esta solución no es viable, darle paso por el jardín, pero solo como solución por defecto de otras.
Pero si realmente el problema es grave, entiendo que si puede usar el patio hasta que se adapte la escalera ya que no perjudica a nadie y es obligación de la comunidad realziar estas obras previa solicitud del interesado ( con independencia de quien lo tenga que pagar ).
yo creo que se deberia aprobar en una junta por mayoria si se pueden usar los jardines o no como paso,lo que no pueden es hacerlo por todo el morro,lo que no se es si en una junta extraordinaria se pueden aprobar este tipo de cosas o tiene que ser en una ordinaria.