Se impugna un acta, se dicta sentencia contra comunidad. Abogado comunidad recurre sin ponerlo en conocimiento de junta, al pedirsele documentacion sobre el procedimiento la niega a la comunidad.
Esto es muy frecuente en las comunidades.
1º El abogado de la comunidad actúa a petición de presidente y/o administrador, sin que estos hayan sometido en Junta General la postura de la Junta de Propietarios, antes de que el abogado comparezca en juicio.
2º No se pone en conocimiento de la Junta de Propietarios, en Junta General convocada al efecto, la sentencia del juzgado en contra de la Comunidad.
Si algunos propietarios, tuvieron conocimiento de ese juicio si comunicación del presidente o administrador, podían haberse personado en el juicio como parte perjudicada.
El abogado de la Comunidad, ¿es parte de la Administración.
En algunos casos, hasta se plantea reconvención por parte del abogado de la comunidad.
Gracias por tu contestacion Virginia541, el tema es que de la interposicion del recurso no se informa a nadie de la comunidad, aludiendo ahora ( 4 meses despues) que no hubo tiempo de avisar a la comunidad de vecinos, ni presidente ni nadie.