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acceso elementos privativos

2 Comentarios
 
19/02/2010 12:11
Yo no lo compré, lo he heredado.
En Cataluña pienso que puedo demandar a la Comnidad por incumplir el CCC artc 553.33, obligando judicialmente a modificar el título constitutivo.
19/02/2010 12:00
¿Usted no vió la situación de ese cuarto trastero cuando lo compró?. ¿No vió que no tenía acceso directo desde zona común sino desde una plaza de aprcamiento?.
Probablemente ese trastero se hizo para ir vinculado a la plaza de garaje lindante y el anterior propietario lo vendió sin preocuparse del problema, pero usted debió verlo.
Ahora tiene mala solución y no creo que la Comunidad esté obligada a resolverlo.
Acceso elementos privativos
19/02/2010 11:54
Tengo un cuarto trastero en un garaje en régimen de propiedad horizontal y no tengo acceso ya que su puerta de entrada se encuentra totalmente bloqueada por un vehículo que se encuentra bien aparcado en su plaza privada. He reclamado a la Comunidad Prop., sin resultados.
En Cataluña tenemos el artc. 553-33 C.C.C. que dice que no se pueden configurar elementos privativos en reg. prop. horiz. si no tiene acceso desde un elemnto común.
Pienso demandar a la Comunidad para que me dé acceso, pero como ello ya sé que va a ser imposible, que me indemnice y se quede con el trastero. ¿Lo veis correcto?