Normas de régimen interior que regulen el acceso a la piscina de los acompañantes de los propietarios.
Se aprueban en junta por mayoría simple. Ahí es donde pueden regular el que número de acompañantes permitidos.
La gente son personas y como tales merecen respeto. No procede impedirles nada ya que tarde o temprano pagarán lo que deben, y si hasta ahora no lo han hecho es porque Udes mismos lo consienten, y espabilen que las deudas prescriben.
Buenos dias.
En mi comunidad hay dos vecinos deudores crónicos. Vecinos tóxicos que, aparte de no pagar sus cuotas, han hecho mucho daño a la comunidad. Ademas, vandalizan y no respetan.
Mi pregunta es: si aparte de no pagar, y maltratar todo lo común, dejar colillas en el césped, etc...en verano llevan a familiares y conocidos a la piscina juntándose mucha gente bastante ordinaria y molesta, ¿ no se les puede de algún modo impedir su acceso ?
Gracias y un saludo.