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ACCESO compartido A VIVIENDA

1 Comentarios
 
04/07/2009 22:20
Lo que usted tiene no es usucapión, sino un derecho de servidumbre de paso a su favor como predio dominante sobre la finca a traves de la que accede a la suya, que sería el predio sirviente.
Sin embargo, si Vd.tiene acceso por camino público, la servidumbre de paso desaparece. Vd. deberá utilizar exclusivamente, el acceso a través de via pública.

Un saludo.
Acceso compartido a vivienda
04/07/2009 12:17
!Buenos días !
Para acceder a la vivienda utilizamos un terreno que pertenece al propietario colindante. Por usucapio es decir por uso prolongado en el tiempo siempre lo utilizamos . Actualmente se van a realizar obras por los 2 propietarios en cuanto al acceso.
Por usucapio puedo seguir utilizando ese acceso?? Si el vecino no me lo permite tendría que utilizar otro acceso que es dominio publico porque es una carretera.