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Acceso al tejado

1 Comentarios
 
perfil Vio
02/11/2009 18:25
Aunque no hayan constituido comunidad por ser solo 2, están en un proindiviso, que si no tiene otro reparto asignado es al 50% en gastos, y a los efectos rige el Código civil, que declara los elementos comunes, y entre ellos están los cimientos, paredes,muros de carga, cubiertas, etc. por lo que la conservación es al 50 % y Vd.tiene derecho de acceso al tejado del edificio, y para TV le ampara la Ley de Comunicaciones, del mismo modo que su convecino al 50%, tiene derecho a instalar su antena.
Acceso al tejado
perfil DMA
02/11/2009 14:10
Soy propietario del bajo de un edificio que consta de dos plantas (bajo y primero), tienen acceso individual pero el nº de la calle es el mismo.

Mi problema es que no está constituida comunidad y mi vecino no me deja acceder al tejando para instalar la antena de TV, alegando que no hay comunidad y que el tejado es propiedad suyo.

No sé si tiene razón y en base a que, y tampoco sé como debo actuar en el caso de tener razón.