Hola tengo un bajo e.n Obras Paraªconvertirlo de local a a vivienda y ya con licencia del ayunt.
Solicité autorizacion a la comunidad para apertura de hueco para puerta y acceder desde el portal ya q ahora solo se accede desde la calle.
No están x la labor.
Los estatutos no dejan dudas al respecto, y dicen: el portal solo da acceso a viviendas
Q opinión tenéis si acaba esto x la vía judicial
Pero para algo está el estatuto de obligado cumplimiento x todos y cada uno de los propietarios.
Vuelvo a preguntar, llevando esto a vía judicial q posibilidades habría.
Han explicado con coherencia los beneficios que ambas partes pueden tener? Por una parte ese local tiene el beneficio poner acceder por el portal y como contrapartida participará en los gastos comunes generales (suponiendo que ahora no lo haga) lo que descargaria de gastos al resto de la comunidad ( limpieza, luz, ascensor, etc...) Sí lo plantean así, quizás accedan. Deles algo a cambio. Y suerte, lo necesitará.
Sobre el recorrido judicial depende la oposición de esos propietarios. Si son muchos los contrarios no creo que prospere, si son pocos, uno o dos, su señoría podría opinar que es un abuso de derechos y quizás se logre, pero la justicia es una lotería. Intente primero lo que ya le he dicho, ofrezca algo como contrapartida.