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acceso a vivienda

2 Comentarios
 
21/08/2004 22:42
Si la rampa está en la vía pública (dominio público), entiendo que si te pueden obligar a quitarla, en caso contrario no puede obligarte.
Saludos
21/08/2004 13:33
Es dificil responder desde esta tribuna a un caso, que aparte de falta de detalles, puede quedar sujeto a la particular normativa urbanistica de tu Ayuntamiento.
Por aquí se ha dicho ultimamente que los derechos de servidumbre se adquieren a partir de los 20 años; no se si lo tuyo puede quedar incluido en esta genérica norma.
Puede que alguien te sepa ser mas concreto.
Acceso a vivienda
21/08/2004 01:02
hace mas de 20 hice una rampa de acceso a una vivienda en el pueblo, y ahora el nuevo alcalde me ordena que la quite, cuando existe acceso a otra vivienda que esta en ruinas.
puede obligarme a retirarla o es un derecho adquirido