tengo una consulta respecto a un piso de mi propiedad, el piso tiene una superficie de x m2, y le es inherente el uso exclusivo de la cubierta que lo cubre. El acceso a dicha cubierta se realiza desde mi portal con una prolongación de la escalera común.
Dicha prolongación sólo accede a mi terraza, a ninguna parte más, si soy el único que le da un uso y teniendo en cuenta que es para conectar el piso principal con la terraza, se entiende que formara parte de mi vivienda?.
Este tramo de la escalera no consta en ninguna escritura, en la escritura sólo comenta que la escalera conecta los pisos principales, el edificio no está en comunidad de vecinos.
El uso que le da es simple conservación, quiere decir que le corresponde a ud la limpieza, nada mas.
Desde el momento que tiene elementos compartidos, con otros propietarios, ya está en régimen de división horizontal, otra cosa es que no lo tengan registrado.
Son 4 vecinos, 2 en PB y 2 en el primero. Yo comparto el primero con otro vecino. Mi duda viene con la escalera, sería de uso exclusivo mio si solo la utilizo yo para acceder de la vivienda a la terraza?, formaría parte de mi vivienda?