la comunidad podrá acceder por donde sea sin tener necesitar consentimiento alguno, siempre y cuando no se pise una terraza que sea privativa o que tenga el uso y disfrute el propietario
si no permiten el acceso deberan acudir al juez
La propiedad puede ser que sea de la comunidad, pero ellos tendran el uso y disfrute.
El presidente no es nadie para obligar a un propietario permita el paso.
Esta confundido con la asignacion de propiedad
entiendo que en realidad no se accede a su propiedad, ya que la terraza es de propiedad comunitaria, no? el problema es que parece que en un bajo cubierta que hay al final de la terraza, que tambien es comunitario de uso privativo, instalaron una puerta metalica y parece que se pueden estar cultivando sustancias ilegales. No permiten el acceso ni a la comunidad para ver el estado de la terraza y el bajo cubierta y creo que tampoco abrieron la puerta a la Policia. Logicamente en su domicilio la policia solo puede entrar con mandato judicial, pero por una propiedad comunitaria con autorizacion del presidente?
Buenos dias, queria ver si alguien me puede aclara una duda. En un edificio hay dos terrazas en el atico de uso privativo de las dos viviendas por las que se puede acceder, en realidad es una que esta dividida por una mampara. Mi duda es, si uno de los propietarios no permite el acceso a la comunidad para ver el estado de la terraza, ya que este acceso se tiene que realizar por su domicilio, se puede acceder por la otra terraza sin su permiso?
Un saludo y gracias de antemano a todos por vuestra ayuda