Hola vivo en un edificio con 44 viviendas y tiene una pequeña piscina. La junta rectora de la comunidad se reune el día 18 para aprobar el régimen interior del edificio.
En uno de los artículos se hace referencia a que se harán unos pases para la piscina y que se entregarán uno por cada persona que viva de forma continuada en la vivienda. Para ello todo propietario facilitará a la junta rectora, relación de personas, indicando parentesco, a fin de poder hacer cada uno de los pases.
Yo tengo dos dudas:
1.- Si yo tengo la obligación de pagar más comunidad con mi vivienda de 4 dormitorios, que mi vecino que tiene 2 dormitorios. Al tener asignada una cuota mayor en la divición horizontal. ¿ Es posible que puedan darme un sólo pase (vivo sólo) y a mi vecino 4 pases (Él, su mujer y dos hijos)? ¿No sería más lógico darlos según el número de dormitorios?
2.- ¿Puede pedir la junta rectora relacion de las personas que viven en la vivienda y parentesco? ¿Vulneran el derecho a la intimidad?
Me parece increible que los vecinos tengan que saber si la mujer con la que vivo es mi mujer, novia o amante.
Lo logico es que se conceda a cada inquilino una determinada cantidad de pases, por ejemplo 6, si bien, se limitara la cantidad de personas que en un mismo momento pueden encontrarse en la piscina, dependiente de su capacidad.
En los pases solo constara numero de la vivienda y el nombre del propietario.
Vd. puede hacerse acompanar con quien le de la gana, estaria bueno que a su novia,madre,padre amigos, etc. no las dejaran entrar con Vd.
Ademas, Vd. puede alquilar o dejar en uso su propiedad, y por consiguiente, tendran los mismos derechos y deberes que Vd.
Hola, en primer lugar frety, no estoy segura de que tu aportacion al mantenimiento de la piscina sea superior a otras viviendas, al menos en mi caso todos pagamos lo mismo, el resto de gastos si que va en proporcion al coeficiente de cada vivienda, pero para la piscina todos pagamos la misma cuota anual.Quiza tu caso sea distinto.
Por otro lado, no estoy muy de acuerdo con garcia lozano, aunque mi caso no es exactamente el mismo. Vivo en una urbanizacion de 200 vecinos con una piscina casi olilmpica y que ademas este dentro del casco urbano con lo cual es bastante accesible y se nos llena de gente de todo el pueblo. Y sinceramente es bastante molesto para los que vivimos aqui y pagamos todo. Con todo esto quiero decir que lo que veo justo es que cada vivienda tenga pase a razon de los que vivan en ella, y da igual si son 1 ó 6, igual que si una persona no quiere disfrutar de la piscina tampoco puede ceder sus pases a otros, la piscina la tiene para disfrutarla y si no quiere pues lo siento. Tambien considero que se deben dar pases gratuitos para invitados pero limitados y con control, y el resto que quiera entrar que paguen entrada.Pero ya digo que mi caso creo que no es el mismo ya que en la urb.De frety son 44 viviendas. En tu caso quiza sea justo los pases por numero de dormitorios. Gracias.
Hola. El tema de las piscinas comunitarias es muy interesante y amplio. En la mia, que todos pagamos por igual, es un cachondeo. No hay ningún control por parte de nadie. De la llave de acceso (tiene dos puertas desde la calle) se han sacado copia como churros y el verano pasado parecia una piscina pública !!gratis!!. Con deciros que muchos días ni bajé de como estaba el recinto, además con ola de calor. Ahora, en estos meses, toca reformas, cesped nuevo, etc. y, claro, pagar.
Lo justo, en mi opinión,es que el acceso sea por miembros de las familias que residan y facilitar a cada familia un pase para, por ejemplo, dos invitados. Si se cuela gente sin autorización debería ser espulsada sin más y si se resisten llamar a la policia para que los hechen (denunciandolos si es preciso) creo que el horno no está para bollos.
De cualquier forma tiene que haber un control, no como en la mia que es un cachondeo.
Por cierto, ¿es obligatorio disponer de socorrista titulado para una pequeña piscina de 44 viviendas como la que expone Frety? ¿Quién tiene que regular el uso de piscinas comunitarias, cada Comunidad Autónoma o hay una legislación general para toda España?. ¿Tiene que estar especificada la piscina en el Seguro de la Comunidad?. Gracias.
Hay legislación en cada comunidad Autonona, sobre las piscinas, y algunos ayuntamientos tienen sus ordenanzas referentes a estos temas. En las de la comunidad de Madrid, con 44 viviendas necesitas socorrista. En el seguro de la comunidad tiene que constar la piscina, sino no tienes seguro de responsabilidad civil sobre esto. En cuanto a lo de las tarjetas por cada persona que este empadronada en la vivienda es un acto de administración y solo se necesita para ese acuerdo la mayoria. Como administradora les digo que el sistema es el mejor que existe para controlar la asistencia de bañistas, y que todos los propietarios disfruten de la piscina, pero añadiendole a esto entregar dos pases por vivienda, con ello solucionamos el problema de los novios, padres, etc..., pues si usted tiene 4 invitados siempre otro habra otro propietario que ese día no tenga ninguno, y si todos tuviesen invitados, olvidense no entrarian en la piscina.
Mi experiencia me dice que los dias que hay mas gente en la piscina, son desde que se habre hasta el 15 de julio. y desde el uno de septiembre hasta que se cierra, estan todos los niños de vacaciones, y los padres no.