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Acceso a documentos en un proceso selectivo- concurso de méritos

5 Comentarios
 
26/12/2011 10:24
¡Es tremendo! El nepotismo está tan arraigado en nuestro país que ya no basta ni con la discrecionalidad técnica de los tribunales de selección (ningún juez se atreve contra ella aunque los examinadores digan que dos y dos son cinco). También se necesita asegurar el oscurantismo en los concursos de mérito llegando a interpretar de forma torticera la LPD con el claro objetivo de vulnerar el art. 21.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Nada, nada, no limitemos el oscurantismo a las oposiciones. Que esa regla de tres se aplique, por ejemplo, a los registros de la propiedad y que también nieguen el acceso a los datos de carácter personal. Mejor dicho, cuando se les pida una nota simple o una certificación, que las pongan al estilo Gila:

"Alguien ha concedido una hipoteca a alguien"

"Alguien es el propietario de esta finca y no quiero señalar"

Desde aquí un afectuoso recuerdo para nuestro genial humorista.

Un saludo.
25/12/2011 19:54
Una cosa es ke los datos sean personales, en este caso evidentemente lo son, y por lo tanto susceptibles de proteccion, aunke no de especial proteccion, porke se recogen ordenadamente en un fichero de la administracion, y otra la autorizacion del interesado o no para acceder a esos datos, en el caso de los datos de los boletines k siguen siendo personales y ke siguen afectando a la intimidad de las personas, la ley los excluye de su autorizacion. Sigo pensando ke podria tener su razon de ser el denegar ese acceso, de hecho se lo han denegado.En el tema de procesos de seleccion se llega incluso a denegar el derecho a obtener copias del examen por ser propiedad intelectual de la administracion, por ej los examenes de justicia llevan o llevaban copyright. No es una cuestion sencilla.
24/12/2011 15:18
NicolaS40, el DNI y la fecha de nacimiento no son datos a proteger especialmente y son susceptibles de aparecer publicados en cualquier lista nominal. Los boletines oficiales están repletos de listados con nombres y números de DNI sin que se produzca ninguna violación de la Ley de Protección de Datos.

Esmusa está en su derecho de ver y obtener copia de lo que desee de todos los documentos que obran en el procedimiento, en el cual es indudablemente interesado; y la negativa de la administración es oscurantismo "puro y duro", lo cual constituye una violación administrativa y un posible delito de prevaricación.

El gran problema que tiene Esmusa es que es una hormiga contra un elefante y si ya lo tiene "crudo" de antemano, como se le ocurra demandar podrá comprobar además que el sistema judicial español le quita las mandíbulas a las hormigas y provee de insecticida a los elefantes.

Un saludo.
21/12/2011 18:22
No es un tema pacífico. En principio los diplomas contendrán datos personales además de los nominativos que afectarán a la intimidad de las personas (fechas de nacimiento, dnis, y cosas por el estilo), por lo que puede estar justificada la denegación, pero lo que te deben facilitar es la justificación suficiente de la baremación efectuada, para lo que necesariamente debes conocer el nombre del curso, entidad que lo impartió, fechas, número de horas, etc..eso sin necesidad de acceder físicamente a ellos, no se me ocurre cómo puede afectar a la intimidad de las personas. Sino sería imposible acceder con una mínima garantía a la defensa de tus derechos. Se trata de proteger la intiimidad sin perjudicar la necesaria transpariencia en la actuación administrativa, dificil equilibrio muchas veces. Salvo mejor criterio
18/12/2011 12:46
Todos tenemos derecho al "no me fío, quiero verlo" pero ese derecho no es real en España.

Si es como Vd. dice, hay oscurantismo con total seguridad. Y la existencia de prevaricación es más que posible pero la carga de su demostración recae en Vd.

Necesita un juez imparcial.

¡Suerte y ánimo en estos años venideros, si va a iniciar acciones legales, claro!
Acceso a documentos en un proceso selectivo- concurso de méritos
17/12/2011 22:44
Recientemente he participado en un proceso selectivo - concurso de mérito-. Me gustaría saber si puedo hacer uso del derecho que me reconoce el art.37.2 de la Ley 30/92, para poder conocer los cursos que se le han baremado a otros aspirantes, ya que soy parte interesada en el procedimiento. El organo de selección de contesta que no puedo hacer uso de ese derecho porque el mismo contraviene lo dispuesto en el apartado 3º del citado artículo, ya que implicaría el acceso a documentos que contienen datos pertenecientes a la intimidad de otros aspirantes. ¿Se contraviene lo dispuesto en el art. 37.2, cuando los datos pertenecientes a la intimidad de los otros aspirantes de los que pretendo conocer son los cursos que se le han tenido en cuenta ?