Seguimos sin tener respuesta por parte de la administración. Seguimos sin poder acceder a la puerta de casa y dando hasta 3 viajes al coche por la mañana para cargarlo con los utensilios del trabajo, y otros 3 para vaciarlo.
La afuencia diaria de gente puede ser a lo sumo de unas 50 personas, hay vecinos a los que le han multado a horarios inusuales, las 5 de la mañana por ejemplo, cuando no hay nadie por la calle, alegando que es una calle peatonal, con accesos (a cualquier hora) para cocheras, bares y "elegidos".
No, la diferencia con la situación anterior es que ahora está prohibido aparcar en la calle, como sucede en todas las calles peatonales.
Todos los acuerdos tomados por un ayuntamiento en Pleno, son actos administrativos susceptibles de impugnación por cualquier ciudadano mediante la interposición de los pertinentes recursos en plazo. Por ejemplo, el acuerdo plenario por el que se decidió actuar de la forma que se ha hecho en esa calle es un acto impugnable.
Dicho lo cual, el hecho de que se impugne no significa que el Pleno municipal tenga que cambiar de opinión ni, probablemente, que un juzgado contencioso-administrativo les anule dicho acto.
Efectivamente, la calle sigue igual que cuando se permitía la circulación por ella, con la diferencia de que a la entrada de la calle han colocado una señal de "prohibido el acceso excepto vehículos autorizados", con una cámara y un lector de matrículas. Los vehículos autorizados pueden circular e incluso estacionar (paradas de menos de 20 minutos).
..."y los vecinos estaban en su derecho de impugnar el acuerdo municipal tomado en su día. "
Éste último párrafo no lo entendí muy bien. ¿Quién tiene derecho de impugnar? ¿Qué se puede impugnar?
Por lo que dices, entiendo que nada te impide acceder con tu automóvil hasta la puerta de tu casa para cargar o descargar pasajeros u objetos, la prohibición es de aparcar en la calle por tener carácter peatonal.
Sí, el ayuntamiento es competente para actuar como lo ha hecho y los vecinos estaban en su derecho de impugnar el acuerdo municipal tomado en su día.
Vivo en un pueblo de Sevilla. Mi calle hace unos años se podía aparcar en los dos carriles y transitar por ella. De unos años hasta ahora han ido limitando progresivamente el acceso. Primero quitaron una acera de aparcamiento, luego la otra, y finalmente sólo pueden acceder particulares con cocheras y vehículos industriales de carga y descarga.
Al tener permiso los residentes con cocheras, los bares no pueden ocupan la vía pública con las terrazas, ya que los residentes con cochera pueden entrar y salir a la hora que quieran.
¿Tenemos algún derecho por vivir antes de que se hiciera la calle "peatonal"? ¿Es legal no dejarte entrar hasta la puerta de tu casa? Han puesto cámaras de grabación, y por cada vez que pillen a alguno son 200€ de multa.