Habría que ver, si esa urbanización de 100 vecinos (¿propietarios?), está constituida toda ella en régimen de propiedad horizontal y si esas calles interiores, están consideradas como zonas comunes.
Con esos datos no se que respuesta esperas....Habría que ver porqué la solita y si hay otros accesos por los que puede acceder. No es lo mismo el solicitar un acceso para su domicilio (que evidentemente no será el caso) que solicitar una rampa en una calle por no querer desplazarse 10 metros más hasta la siguiente que si le permita el acceso. Sin tener datos al respecto.....
Se trata de una urbanización amplia con más de 100 vecinos y múltiples accesos a las distintas zonas comunes y las diferentes calles que lindan con la urbanización. Se ha solicitado la construcción de una rampa en uno de los puntos por parte de un discapacitado, pero claro, no todos los vecinos la usarían por no acceder por ese punto. 1) ¿Está obligada la comunidad de propietarios a aprobar y abonar el coste de la rampa si no supera las 12 mensualidades? 2) ¿En qué plazos de tiempo debería resolverse la solicitud? 3) ¿Puedes la comunidad de propietarios negarse a dicha actuación y supeditarla a una decisión en junta de vecinos que incluya la totalidad de actuaciones en la urbanización para accesibilida, una vez que ya ha sido presentada esta solicitud individual? Gracias de antemano