Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente:
La hija de mi marido necesita ayuda para los estudios ya que repite este año 2º de primaria aún diciendo la profesora, equipo psicólogos colegio y madre incluída que la niña el curso pasado iba perfectamente.
Pués bien mi marido quiere ponerle un profesor particular especializado (pedagogo)para que vaya a casa las tardes que nos toca a nosotros para que pueda ayudarle ya que necesita ayuda urgentemente porque de lo contrario la niña lo va a ir arrastrando los demás cursos y puesto que su madre no se pone con ella a ayudarla, bueno sí, le hace los deberes como está demostrado con fotocopias en las que se ve claramente que está escrito por la madre.
Bueno pués en el colegio le han dicho que como utilice los informes del psicólogo de este pasado año (tiene copia entregada por el colegio, ya que por la madre tenemos información " 0 " ), si los enseña a alguien la madre le puede denunciar.
Alguien me puede decir si un juez puede acusar a un padre que intenta ayudar a su propia hija en su educación para que el día de mañana pueda ser alguien en la vida y no como su madre UNA MANTENIDA, y perdonen las pobres madres que realmente se preocupan por sus hijos e intentan sacarlos adelante con su esfuerzo, pero es que cada vez que pienso en esta señora que con 42 años no quiera trabajar(ni lo intenta) y vive a costa de su hija, de verdad que se me revuelve el estómago.
Qué podría pasar en caso de denuncia por la ex? saldría juicio?
Podemos decir que la información acerca de nuestros hijos es confidencial y propiedad del menor en cuestión. Como padres tenemos acceso a ella en base al ejercicio de la Patria Potestad. El uso que se haga de ella sólo puede estar encaminado a un correcto ejercicio de dicha patria potestad, a beneficiar al menor.
Utilizar esta información, un error no poco común, como arma contra el otro progenitor no es hacer un uso correcto de dicha información, pudiendo ser sancionados por ello o, por lo menos, no ser tenida en cuenta.
Otra cuestión distinta es utilizar esta información para solucionar problemas del menor. Es decir, podemos utilizar un informe médico o psicológico como base de trabajo de otros profesionales que pueden intervenir en la resolución de problemas del menor, otro médico, otro psicólogo, un pedagogo, en la medida que le pueda ser útil esta información para su ejercicio profesional, etc.
En definitiva, poner en conocimiento de terceras personas esa información será sancionable o no, recriminable o no, en función de las circunstancias y el uso que se haga de ella.
En su caso, parece ser que van a hacer un uso correcto de dicha información y ningún juez podrá reprocharles su accionar, cosa distinta ocurre con la madre, también al parecer, pues como custodia está obligada a proporcionar toda la información concerniente a la menor. Lo contrario es obstaculizar gravemente el ejercicio de la Patria Potestad del no custodio.
Puede utilizar tranquilamente el informe si se les ha facilitado a Vds. una copia, pues es el padre de la menor de edad y tiene como obligación al ostentar la patria potestad, la de velar por la niña. Por tanto, dichos informes al igual que las calificaciones escolares, faltas de asistencia, etc. pueden ser utilizadas judicialmente en beneficio de la menor para acreditar cuál es su situación.
Un saludo.