¿Hasta qué punto sería punible una relación sexual consentida, con una persona mayor de 16 años, mediando engaño?
Según el C. Penal el engaño sólo se tiene en consideración si se trata de personas mayores de 13 y menores de 16 años (art. 183), pero hay quienes consideran que el engaño, incluso sobre personas mayores de edad, supone un vicio en el consentimiento, por lo que habría que considerarlo un abuso sexual.
Mi opinión es que para que haya abuso sexual deben darse las circunstancias del art. 181.2 y .3, y en ninguno de ellos se habla de engaño.
¿Sería, por tanto, una conducta impune, el engañar a una persona de 16 años para mantener una relación sexual consentida?
Gracias.
Yo no veo punibilidad por ningún sitio, pues con engaño sólo es punible a menor de 16 y mayor de 14. De hecho, en esas edades puede ser punible hasta el enamoramiento del menos hacia un mayor bastante más viejo, pues se puede considerar que se prevalía de su edad para impresionar y enamorar al menor. Y puedo asegurarlo porque no hace mucho he visto 2 sentencias de ese estilo, aunque a mí me parecía incoherente el fallo, la verdad es que existen.
Pero , ¿cómo se liga? Hay que tener en cuenta que la base del ligoteo es impresionar al otro, al menos en la mayoría de las veces.
Y lo que es peor muchos de esos delitos (los de los sábados por la noche) se cometen en grado de tentativa, porque que yo recuerde, muchas veces, ni por esas...
alguien me podia decir cuanto puede tardar en salir una sentencia tuve un juicio el 10/12/2009 por supuestos abusos a un menor por parte de su abuela y todavia no sabemos nada de la sentencia
ainavaraz, este post lleva un tono demasiado distendido para que ahora nos vengas con un tema serio... de todas formas, te diré que eso es una lotería... hace 15 días tuve una sentencia de juicio cercano a esa fecha, pero tengo una pendiente de octubre del mismo juzgado. Y en otro juzgado llevo esperando desde mayo... el record en este segundo lo tengo en 13 meses desde el juicio, aunque hay algún compañero que me gana con la misma jueza.
No si al final va a haber que firmar el consentimiento de toda relación sexuales ante notario jaja.
Primero un peritaje psicológico para ver si la chica está preparada psicológicamente y comprobar que la relación es consentida.
Segundo acudir a un notario a firmar la autorización... y luego si aún hay ganas pues consumas que después de tanto papeleo no sé jajaja!
Otra solución podría ser un celibato universal. Y si una pareja quiere tener hijos... pues que acuda a una clínica de fertilidad para que la chica se haga la in vitro.
Una abuela que abusa de su nieto? No me puedo imaginar la situación la verdad!
Jamás he visto que condenen a una mujer en España por "violación". En Estados Unidos si que hay algunas maestras que están en la cárcel por tener sexo con sus alumnos... pero me parece que allí están más adelantados... aquí la culpa sería para el varón SÍ o SÍ!
perdonar otra vez la unica prueba que tengo para demostrar los abusos de mi hijo es una prueba pericial de una sicologa del juzgado con eso puede valer para condenar a alguien por abusos a un menos gracias
No, perdona tú, ainaravaz, por mi insensibilidad, únicamente disculpable porque pensé que eras abogado y hablabas profesionalmente.
El dictado de la sentencia depende de muchos factores, como la carga de trabajo que tenga el juez, etc. También es posible que esté dictada, pero no se haya notificado aún. Pídele a tu abogado que pregunte por la sentencia, o incluso, pregunta tú misma en el juzgado, puedes y tienes derecho a hacerlo. Te atenderán sin problemas. En cuanto a la pericial, he de decirte que no es la única prueba. Estoy seguro que el juez o tribunal también ha tenido en cuenta la exploración de tu hijo y la declaración de su abuela. Todo ello es valorado por el juez y tenido en cuenta para la resolución. Si el perito fue concluyente y el testimonio de tu hijo también, es muy posible una sentencia condenatoria, de hecho hace pocos meses he obtenido una sentencia muy similar, pero con menores. Espero haberte ayudado y te reitero mis disculpas.
Hola.
Si me permiten discrepar un poco os cuanto:
Respecto el primer punto, y más exactamente, sobre el engaño como forma de abusos sí que considero posible. Recuerdo que no hace tanto veíamos un caso en la clase de penal II sobre un mujer mayor de edad que un concreto día por la mañana tanto que todavía no se había despertado del todo (o nada) había sufrido una serie de tocamientos etc por parte de un vecino suyo que la estaba observando desde hace rato (no la primera vez) y entró por la ventana. Al pensar que tal actuación procedía de su compañero sentimental (que ya éste se había ido al trabajo) la mujer en ese estado "adormilado" no opuso resistencia ninguna pero en un momento posterior percatándose de quien era el sujeto se resistió y tras ello, le denunció por abusos.
Respecto al peritaje psicológico, que discriminación, ¿no? Parece ser que solo la parte femenina de la población puede no estar preparada para consentir en las relaciones.
Respecto a las condenas a mujeres, pues la verdad es que he mirado jurisprudencia y hay que reconocerlo que es poco frecuente, pero he conseguido encontrar algunas sentencias que sí que lo hace (STS: Nº de Recurso: 1212/2005, Nº de Resolución: 988/2006) Quizás no es el típico caso de violación, pero condenan a una mujer en concepto de cooperadora necesaria de abusos sexuales.
A parte de ello, sí que existen casos donde las víctimas de delitos contra la libertad sexual son hombres, tanto menores como no (STS: Nº de Recurso: 55/2003, Nº de Resolución: 262/2004)