lo que no tengo tan claro es que la inducción quepa respecto a la propia persona... sería diferente que alguien induzca a que se prostituya con un tercero.
y desde luego, lo que sí que no lo veo es lo de los abusos sexuales en tentativa.
Loquillo, si tenemos en cuenta la especial protección de los derechos de los menores que hacen gala la mayoría de las leyes españolas, la disyuntiva está en qué tipo de delito cometería porque lo que está bastante claro (en mi modesta opinión) es que ha cometido un delito. Yo me decanto por inducción a la prostitución, pero como he dicho en el inicio, el Sr. Juez, que sabrá bastante más que yo de esto que para eso es Juez ha considerado la situación desde los abusos sexuales. Es mas, ha dictado una orden de alejamiento contra el autor y lo más paradojico es que en los razonamientos jurídicos basa esta decisión en un "hecho objetivo de intimidación". No os parece contradictorio que lo tipifique como abusos (no existe intimidación según el código penal) y en el auto dictando orden alejamiento SÍ que alegue tal intimidación. Es raro, raro, raro.
aunque desde el punto de vista ético mi opinión no es favorable a esas actitudes o actuaciones, jurídicamente no veo tan claro que haya delito y aún menos abusos sexuales en tentativa.
¿y si en vez de dinero, invitas a un cubata ( 6 euros ) o invitas a cenar ( de 5 a 100 euros ) también es delito?
Hola a todos, caso práctico REAL que he tenido conocimiento. Los funcionarios policiales detienen a una persona por un supuesto delito de inducción a la prostitución de menores de edad por ofrecer dinero a dos niñas de 15 años para mantener relaciones sexuales. Finalmente, el Juzgado de Instrucción lo califica como delito de abusos sexuales en grado de tentativa. Vosotros que opináis. Un saludo