Yo puedo contar que el primer año en mi edificio tuvimos al administrador de la constructora, que nos dijo que como la costumbre en la zona era pagar a gastos vencidos, no se aprobaban presupuestos ni se fijaba una cuota. Para más inri, este administrador de fincas colegiado es licenciado en derecho.
Con el CC en la mano, nos metió un gol por toda la escuadra, porque el CC dice que la costumbre se aplicará en defecto de la Ley, lo que no es el caso. Parece mentira que un licenciado en derecho y administrador de fincas colegiado nos haya tratado por idiotas. Además, nos enviaba las actas sin la firma del presidente, no se practicaban citaciones individuales, y se atrevió a firmar el contrato del seguro del edificio.
Hace poco asistí a una Junta general de Propietarios, contratado por diez propietarios "cabreados" con el Administrador. Después de la Junta, otro propietario, también cabreado, redactó un artículo en un pequeño periódico de ámbito local y muy poca tirada, que leí atentamente. Mis conclusiones fueron las siguientes:
1º. Para discolo: sí se votó la renovación del cargo de Administrador y fue renovado.
2º. A mi juicio el Administrador de dicha comunidad hacía perfectamente su trabajo y sabía muy bien lo que tenía entre manos.
3º. El principal problema a mi entender era de comprensión. Muchos propietarios sostenían criterios (la mayoría de los cabreados), que eran irrespetuosos con los derechos de otros y el Administrador así lo advertía.
4º. El artículo en cuestión narraba una serie de irregularidades cometidas por el Administrador, empezando por el escrito de convocatoria. Lo cierto es que lo único irregular era dicho artículo, pues estaba totalmente equivocado pero ya se sabe. El autor en cuestión sabía más que el Administrador que no servía y quizá no servía porque hizo su trabajo perfectamente.
Estuve incómodo durante toda la junta porque el administrador hizo perfectamente su trabajo y los que me habían contratado esperaban que me metiera con el Administrador, aunque .... a mi juicio, no había ni un pero.
La enseñanza de dicha experiencia fue que en muchos casos, los propietarios que descalifican la actuación de un Administrador, carecen de preparación y conocimientos para valorar de una forma adecuada y objetiva la profesionalidad y buen hacer de éste, y como dice discolo, en estos casos sí que funciona perfectamente la "masa borreguil" que sigue a los que reclaman a voz en grito la cabeza del administrador.
En las Convocatorias de Junta General aparece, como norma general, el puntito de "Renovación de cargos" o similar.
¿Os habeis fijado que nunca se vota lo del Administrador, que es otro cargo?.
Cuando existe un malestar generalizado entre propietarios es justo que la comunidad busque otras soluciones, pero ojo, sigamos la estricta legalidad para hacerlo según este orden.
Un administrador puede ser un elemento importante y coordinador para administrar los gastos de una comunidad, pero por razones humanas inexplicables, muchas veces, se convierte en el centro de todas las desavenencias comuneras y es necesaria su sustitución. Supongamos que se toma esta determinación. El administrador se contrata siempre por un ejercicio y renovable si es de aceptación.. El presidente debe de saber las inquietudes o razones de mal servicio y promoverlo a posible relevo junto con otros miembros de la Junta como es cíclico ; ello ha de hacerse CONVENIENTEMENTE necesario coincidiendo con el cierre de ejercicio en Asamblea general ordinaria .Todo ello tiene que constar en la convocatoria.
Celebrada la reunión, los asistentes a la Junta decidirán su continuidad o relevo; el presidente debe aprovechar la ocasión para presentar nuevas ofertas y contenido de los servicios y paralelamente se votará su cese y se someterán a votación los nuevos servicios.
¿qué ocurre cuando, con mucha frecuencia se prescinde de los servicios del administrador .fuera de los plazos indicados¿
Muy sencillo; hay estadísticas que en el 90% de los casos te lleve a los tribunales y” todos”, expertos en derecho, harán el resto, a pagar daños y perjuicios, este trabajo sí que lo saben hacer a la perfección; no quiero entrar en suceptibilidades; me consta que aquí en este foro hay gente muy profesional y no quisiera se diera por aludida.
Buenas a todos es la primera vez que entro un foro y este me ha llamado la atención por la seriedad con que se mantiene, y quisiera aprovechar la ocvasión para hacer una consulta a quien sepa respondermela por favor: Se puede proponer y votar el cese de actividad de un Administrador por abusos en sus honorarios en una Asamblea General Extraordinaria devidamente convocada. Y por que hay que tener Administrador en un edificio si el Art.13 apartado 6º dice que puede serlo cualquiera de los propietarios o culaquier persona fisica cualificada. Gracias por anticipado a vuestras respuestas
.Por supuesto me refiero a la LPH.
No es por nada, pero el CC habla de cuando nace la mora cuando existen obligaciones. ¿Alguien ha probado a requerir en plazo la entrega de actas mediante burofax?
Remigio:
Solo si el asunto trasciende, y no pueden jorobar al quejica. En otro caso Remiguio, juntese con la novia de Jaimito y su confesor. Porque más que Colegio, son Peña y Piña.
Si transcurridos 10 días desde la celebración de la junta no se dispone por escrito de una copia del acta, ¿por qué no pedir el libro de actas para consultarla? Es nuestro derecho consultar toda la documentación de la comunidad.
Para pilara, que al fin y al cabo inició el tema: las quejas contra el administrador (por omisión, dejadez, de sus funciones) se pueden exponer por escrito en el Colegio Territorial de Administradores al que corresponda el tuyo. Quizá no sirva de mucho la primera, pero si reciben constantemente quejas sobre un determinado colegiado lo llamarán al orden, seguro.
No tengo referencia de ningún caso que el Colegio haya sancionado, ni siquiera amonestado a ningún "socio" y ni siquiera mantienen correspondencia ni quieren atender telefonicamente los casos que les presentan. Tengo recogida una cuña del Consejo General para la creacion del Colegio Nacional.
articulo 7. Las facultades generales del CNSAF seran las siguientes: por no alargar, me refiero unicamente al apartado B) "Velar por el cumplimiento de los derechos y deberes profesionales para lo que se adoptaran las medidas necesarias con el fin de hacer valer tales derechos y ejercitará a su vez, la fiscalización oportuna con relacion a sus deberes.
De mi opinion: ?a quien han de dar cuenta¿ ?Y como nos enteramos¿ !anda ya!
Justa, acabo de comer y me voy a tomar café, pero he pasado por delante del cacharro y he entrado a ver que pasaba.
¿No estarás insinuando que lo que tenemos que hacer es una queimada con el Administrador, es decir, quemarle?. Porque te aseguro que os conxuros ahí ... .
Para Turbo:
De acuerdo totalmente. Se tiene que exigir profesionalidad a las personas que prestan servicios a los demás. No vale eso de probar uno hoy, mañana otro; ¡que ya encontraré uno bueno!; porque esto son estafas hoy y mañana otra.
Lo que ocurre muchas veces es que alguien termina una carrera hoy y mañana quiere hacerse millonario.
Así, la falta de profesionalidad debe ser perseguida entre otros, por los colegios, por ejemplo.
Hace tiempo trabajé en un proyecto de inserción sociolaboral de emigrantes retornados junto con un abogado, un psicólogo, una trabajadora social (y yo como administrativa); y la abogada, por ejemplo, es que me cuestioné si realmente había salido de una universidad. Y el psicólogo, aunque se notaba que había salido de una universidad, pero un buscalíos de mucho cuidado.
Creo que os voy a dar el remedio contra los malos administradores. Cuando vayais a una Junta decir esto:
“CONXURO"
Mouchos, coruxas, sapos e bruxas.
Demos, trasgos e diaños, espritos das nevoadas veigas.
Corvos, pintigas e meigas, feitizos das manciñeiras.
Podres cañotas furadas, fogar dos vermes e alimañas.
Lume das Santas Compañas, mal de ollo, negros meigallos, cheiro de mortos, tronos e raios.
Oubeo do can, pregón da morte ; fuciño do sátiro e pé de coello.
Pecadora língua de mala muller casada cun home vello.
Averno de Satán e Belcebú, lume dos cadavres ardentes, corpos mutilados dos indecentes, peidos dos infernales cús, muxido da mar embravescida.
Barriga inútil da muller solteira, falar dos gatos que andan a xaneira, guedella porca de cabra mal parida.
Con este fol levantarei as chamas deste lume que asemella as do Inferno, e fuxirán as bruxas a cabalo das súas escobas, índose bañar na praia das areas gordas.
¡Oíde, oíde ! os ruxidos que dan as que non poden deixar de quemarse na aguardente quedando así purificadas.
E cando este brevaxe baixe polas nosas gorxas, quedaremos libres dos males da nosa ialma e de todo embruxamento.
Forzas do ar, terra, mar e lume, a vos fago esta chamada : si é verdade que tendes mais poder ca humana xente, eiquí e agora, facede cos espritos dos amigos que están fora, participen con nós desta Queimada.
Esto o poneros a llorar, como hacen las plañideras en Cangas de Morrazo
Antes de enterarte has de pagar la novatada. Y nadie te asegura que al cambiar no te volverá a pasar.
A veces no puedes cambiar.
Yo tardé varios años en enterarme de que es un paquete. En 25 años no he conseguido convencer a mis vecinos. Me ha costado 25 años conseguir que dimitiera. Media vida!!!!!!
Ha de ser el colectivo=colegio quien nos procure "profesionalidad".
Duro con los garbanzos negros, que al parecer hay suficientes para una buena olla.
Por cierto, volviendo a la primera exposición de todas.
Ya que la ley no dice nada sobre el plazo en que tiene que ser remitida a los propietarios el acta, deberían plantearse las comunidades en alguna de sus juntas en aprobar un acuerdo sobre dicho plazo. Creo que tendría más fuerza que no estipular nada.
Pienso que aunque la ley no diga nada hay que entender que en determinadas ocasiones el acta debe ser remitida lo antes posible puesto que hay artículos,por ej. art 17 1º donde especifica la duración de 30 días para manifestar la discrepancia sobre un acuerdo y para ello se tiene que haber remitido a los propietarios inexcusablemente.
En definitiva, son los propios propietarios quienes pueden rellenar, mediante acuerdos aprobados por los mismos, aquellas lagunas que la ley posea.
Por último,
cuando el mecánico de mi taller me hace una chapuza entonces cambio de taller.
cuando mi médico me atiende fatal, cambio de médico.
cuando estoy viendo la tv y están haciendo un bodrio de programa entonces cambio de canal.
cuando mi mujer/marido me chulea con otro/a cambio de pareja.
Entonces...... porque no tengo que cambiar de administrador cuando lo está haciendo mal?? O al menos intentaré demostrar al resto de propietarios que la actuación de dicho "profesional " está en entredicho.
Al final, buscando y probando seguro que uno encuentra al mejor mecánico, al mejor médico, a la mejor pareja ....y como no.... a un buen administrador (si esto se hiciera de forma normal, sería la propia sociedad quien los echaria fuera)
1. En Finlandia, Suecia y Noruega, aparte de hacer un frio de la ... ,usan retretes comunes. Que se vaya la Ministra a hacer cola y a usar la escobilla y el estropajo. Y te lo digo porque he estado por trabajo. Y me dijeron que era el mejor Hotel de la Capital.
2. El hijo de mi amigo cambió de opinión. Yo, como no ejerzo, ... . Pero deteecto mucho cabreo en la gente.
3. Por tu respuesta, puedo apreciar que has leído el Testamentum.
Discolo. Quizá deberías de empezar a pensar en cambiar de residencia. En Finlandia no es obligatorio ir a juicio asistido de Letrado. Tú mismo te puedes defender ... a pesar de ello hay finlandeses que se dedican profesionalmente a la defensa de intereses jurídicos ajenos.