He sufrido una penalizacion en mi factura de 125 € despues de sufrir un corte en el servicio movil por impago de la misma. Esto ocurre me dicen en Telefonica porque al haber canjeado un movil con el programa de puntos y zona azul y suspenderme el servicio hasta su abono, he de hacer frente a esta penalizacion, pienso que es injusto, ademas de ilegal al no aparecer en ninguno de los contratos por mi firmados este punto, ya que en los mismos solo se habla de penalizacion en caso de baja, cambio de modalidad de prepago a contrato etc.. pero nunca en el caso de suspension por impago. Les agradezco su atención y les ruego me orienten sobre el procedimiento a seguir y si estoy en lo cierto sobre lo de ilegal de la medida, ya que llevo muchos años como cliente de movistar y continuo siendolo. Gracias
La cantidad solicitada debe estar debidamente fundamentada en los consumos o productos consumidos por usted y que no haya pagado más las penalizaciones que estén establecidas en su contrato. No más...
Pida que le desglosen esa cantidad explicándole bien a qué se corresponde, y en caso de ser una penalización, en qué parte del contrato se encuentra.
En el foro de Civil, a una chica le penalizan con 150 por cambiar de operador antes de que finalizara el plazo de permanencia que se comprometió a cumplir.
En este caso, la penalización según explica disemantf, se da, en su contrato, en varios casos, incluso, en el paso de modalidad de contrato a prepago.
En el post que menciono, Rus citó la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, según la cual podrían declararse nulas, por considerarse abusivas las cláusulas que impusieran obstáculos onerosos desproporcionado para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor en el contrato. "3. En particular (...), se prohíben las cláusulas que establezcan plazos de duración excesiva o limitaciones que excluyan u obstaculicen el derecho del consumidor a poner fin al contrato. "
Se podrán considerar nulas las cláusulas que respondan a esos criterios a partir de marzo. ¿ Qué valor tendrían las reclamaciones de la deuda, llevadas a cabo una vez entrada en vigor dicha ley ?
gracias por los comentarios, me comunican desde telefonica que la clausula donde aparece lo de que "por corte del servicio por falta de pago, tambien se aplicara la penalizacion de 120€" esta en sus contratos, ¿Un abuso ,no? por lo que les he pedido copia, ya que cuando he efectuado un canje de puntos no me han facilitado copia "error mio de no pedirla", me dicen que me la envian, ¿La ley que comentas Ajandro es ya de aplicacion o lo sera? os mantendre informados. Gracias