Bajo mi opinión: usted no se presentó a una cita con la mutua y esta decidió sancionarla retirándole el derecho al cobro de la prestación por incapacidad temporal. Una vez interpuesta reclamación ante la mutua, y ante su negativa por silencio administrativo, puede usted reclamar judicalmente para que se determine que la ausencia a la cita era justificada.
Bueno, gracias por responder tan pronto. Y si es verdad no puse suficientes datos "Culpa mía".
Primero quería dejar la empresa en segundo plano. No me alcanzaría varias páginas para explicar el asunto con la empresa, que también es un follón.
Legalmente puedo acogerme al paro. La cita médica me la dieron el 21 de agosto y no asistí no porque no quisiera si no porque sufría de un trastorno ansioso depresivo el cual esta explicado en informes médicos y psiquiátricos que adjunte a la reclamación en la mutua.
Espere más o menos un mes y medio
A esta reclamación no recibí contestación, y directamente me dicen en la mutua que (la no respuesta, o silencio administrativo es una NEGATIVA).
Luego explicándole a mis doctores que me veía obligado a pedir el alta aun estando en tratamiento, porque no tenía ningún otro medio de ingresos en mi hogar, con barias obligaciones, me dieron el alta.
Me inscribí al paro a tiempo un día después de esta alta médica, y unos 8 o 10 días después recibí la notificación, de la oficina de empleo con los datos de cotización, en donde me informaba que había consumido 43 días.
“Más o menos los que espere una respuesta de la mutua”
Me explican en la oficina de desempleo “Lambide” que ellos han aportado correctamente esos días, incluyendo aportación a la seguridad social, y que les exponga el caso a ellos-“la seguridad social”.
Allí me explican que mientras estaba de baja médica la responsable era la mutua, y que ellos deberían pagar los días. (En opinión de la funcionaria que me atendió, esta actuación de la mutua era chapucera) y debería yo demandarla judicialmente.
Lo que yo deseo saber es si estas entidades tienen todo el derecho del mundo para hacernos pasar por esta situación de agobio, impunemente.
Sabiendo de antemano que no es una baja médica por alteración física si no Psicológica, y como esta entidad tiene la última palabra por sobre nuestros doctores de la seguridad pública.
Si pueden aconsejarme en este caso os lo agradeceré, y si me salte algún dato importante perdonadme, no pretendo que hagan de prestidigitadores, solo es causa de mí mismo estado de salud. Por su atención gracias.
Yo no entiendo nada, voy a ir citando lo que expones en tu post:
1) DICES: Estube de baja por IT un mes y decidi cortar mi relacion con la empresa, que me benia pagando la baja.
A que te refieres con "decidí cortar"? yo entiendo que bien te fuiste voluntariamente de la empresa, bien voluntariamente no renovaste un contrato, bien rescindiste el contrato en periodo de prueba...en fin que te fuiste voluntariamente, con lo cual no pasas a estar en situación legal de desempleo y NO TIENES DERECHO a prestación por desempleo.
Todo esto él día 23 de no sabemos que mes ni año.
2) DICES: no asisti a una cita de entrevista a la mutua, por causas medicas, el 21 de agosto.
No asistir a los controles médicos es CAUSA de EXTINCIÓN de la prestación por incapacidad temporal, salvo que no acudas por causa justifica y lo notifiques a la mutua, algo que no indicas, por lo que supongo que no hiciste.
Además, la mutua en este caso te manda un burofax diciéndote que se extingue la prestación, pero no dices si esa extinción fue:
-por extinción del contrato de trabajo, o
-por no acudir al control médico.
Adivinos no somos...yo entiendo que es por extinción del contrato y que estabas de baja por contingencias comunes, pero es lo que deduzco, pues tu no dices nada.
3) DICES: 43 dias despues , tome el alta explicandole a los medicos mi necesidad de ingresar dinero en casa, por medio del paro, y en el inem dicen que he consumido estos 43 dias de Paro.
Entiendo que era una baja por contingencias comunes y que solicitaste el alta voluntaria, pero hay 2 cosas que no tienes en cuenta o que explica mal:
-si causaste baja voluntaria en la empresa no tienes derecho a prestación por desempleo,
-como dices que el INEM te dice que has consumido 43 días de paro, DEDUZCO que lo que tu llamas "decidi cortar mi relacion con la empresa" es que en connivencia con el empresario tu baja voluntaria se traduce en que la empresa simuló una extinción/despido que fuera causa legal de desempleo y hizo lo que vulgarmente se llama "arreglar los papeles para el paro". Si no es así, no entiendo como si tu decides irte de la empresa, puede tener derecho a desempleo.
-En todo caso, dejando al margen el posible acuerdo con la empresa (que no sería legal), cuando uno pasa a estar en situación legal de desempleo tiene 15 días para solicitar la prestación por desempleo, transcurrido ese plazo, se reconoce la prestación si se reúnen los demás requisitos pero se pierden tantos días de desempleo como días medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho de haberse solicitado en tiempo y forma y el día enque efectivamente se presenta la solicitud, por lo que deduzco que presentaste la solicitud 43 días después de que "decidieras cortar tu relación con la empresa".
Y, esto es así, aunque estés de baja médica, en cuyo caso, sin perjuicio de que si la baja médica es por contingencias comunes se deduzca de la duración de desempleo el tiempo que estés en IT.
4) DICES: la mutua se niega a pagarmelos, y la SS dice que la mutua debe pagarlo.
Yo si todo es como entiendo, según expones, la mutua no tiene que pagarte nada, pues una vez extinguida la relación laboral pasas a la EG.
Quien te dice en la seguridad social que debe pagarte la mutua?
Pues la verdad que nunca me lo había planteado. Pero parece correcto la actuación de la mutua, pues, una vez incumplida una de las obligaciones del beneficiario de la prestación, la consecuencia que extinción del derecho al cobro de la prestación.
Está claro que el SEPE no le va a pagar esos días, pues mientras se está de baja la Entidad Gestora de las prestaciones es el INSS (en este caso la mutua).
En situación similar se encuentras aquellos demandantes de empleo y perceptores del subsidio de desempleo que por renovar la tarjeta se les sanciona con la pérdida de x tiempo de prestación.
Lo que no me ha quedado claro es por qué no acudiste a la entrevista con la mutua. ¿Has dicho por causas médicas?. Igual la cuestión está en haber impugnado esa resolución si la ausencia estaba justificada. Pero mientras esté injustificada, la decisión parece adecuada a derecho.
Estube de baja por IT un mes y decidi cortar mi relacion con la empresa, que me benia pagando la baja, no asisti a una cita de entrevista a la mutua, por causas medicas, el 21 de agosto y firme el finiquito el 23, dia en que me llega un burofax con la notificacion de estincion de el derecho a pago por la mutua.
43 dias despues , tome el alta explicandole a los medicos mi necesidad de ingresar dinero en casa, por medio del paro, y en el inem dicen que he consumido estos 43 dias de Paro, la mutua se niega a pagarmelos, y la SS dice que la mutua debe pagarlo.
puede la mutua quedarce con mi dinero?