Estimados amigos, ruego respuesta a lo siguiente:
Somos 5 hermanos andaluces y tenemos en una residencia de la tercera edad a nuestra madre (con 70 años), bien, como con la pensión no se costea el importe de la residencia, hemos puesto en venta el piso familiar, el cual tiene mi madre en usufructo, para que su venta sirva para sufragar sus gastos mientras viva, aclaro que el piso es, al haber fallecido nuestro padre, por herencia, de todos los hijos y de nuestra madre, todo según ley.
Unos hermanos creemos que lo mejor es, a efectos fiscales y de tributación, ponerle todo el dinero en su cuenta mancomunada con todos sus hijos y de ahí pagarle la residencia y todos sus gastos y otros piensan que lo mejor es repartir el dinero entre mi madre (50%) y nosotros (10% cada uno)y así cada mes de su cuenta se pagarían ella sus gastos, en caso de agotarse el dinero, cada hermano pondría su parte correspondiente en la cuenta para pagar todos su gastos.
Ruego me indiquen qué postura es la mas interesante a efectos fiscales y que sea lo menos onerosa para nosotros, así como lo que nos costaría a cada uno a efectos de la declaración de la renta y otros gastos fiscales o autonómicos, si los hubiere. Y en cada caso los pros y los contras de cada postura. Así mismo si hay algún atajo legal u otra forma o modalidad que nos permita abviar algún pago o impuesto.
Gracias anticipadas por su respuesta
Atentamente
Antonio (feline)