Recientemente he sido ascendida en la empresa en la que trabajo, pasando de tener un puesto administrativo a uno de mayor responsabilidad.
Lo que la empresa ha hecho con mi nómina es:
Subir el salario base, de acuerdo a la nueva categoría
Reducir el complemento personal
El resultado obtenido es una subida bruta de un 5% cuando lo habitual viene siendo un 15%.
La explicación que me han dado es que el Complemento Personal es absorvible. He leido los epígrafes de "Absorción" y "Complemento Personal" del Convenio Colectivo, que dicen así:
Absorción
Las condiciones resultantes de este Convenio serán absorbibles hasta donde alcancen, por cualesquiera otras que en el futuro puedan establecerse por disposición legal o convencional y, en consecuencia estas últimas únicamente tendrán eficacia práctica si globalmente consideradas superan el nivel total de este Convenio en cómputo anual y el de los complementos que la empresa pudiera conceder hasta la entrada en vigor de dichas disposiciones legales o convencionales
Complemento Personal
Incorpora las condiciones particulares de carácter exclusivo y personal más beneficioso que a título individual tienen los trabajadores afectado por este convenio, como consecuencia de las condiciones laborales que mantenían con anterioridad a la firma del mismo, asi como aquellas cantidades que viniera abonando la empresa o abone en el futuro por acuerdo o decisión voluntaria.
¿Qué opinión teneis? A mí no me queda tan claro que realmente, en este caso, tal y como está definido el complemento personal, sea realmente legal que puedan absorber nada de él.